El reembolso del copago en los medicamentos, antes de 2013

Tras las recientes dudas y quejas hechas públicas en este medio por el colectivo de pensionistas sobre el llamado copago en los medicamentos que entró en vigor el pasado 1 de julio el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) en Ceuta ha realizado varias aclaraciones acerca del procedimiento que deben seguir.
Las incógnitas de los pensionistas se centraban en el lugar en el que debían presentar las facturas en las que se incluye el gasto realizado de las oficinas de farmacia, la falta de información en las dependencias del INGESA o el tiempo que tardaría este organismo en reembolsarles el dinero.
Con el ánimo de disipar cualquier duda entre los usuarios de la sanidad ceutí, el Instituto sanitario ha recordado que “los ciudadanos no tienen por qué realizar ninguna gestión” y “no deben presentar sus facturas acumuladas sobre el gasto farmacéutico realizado en ninguna dependencia o instalación concreta”, porque “está registrado informáticamente” y “cuando se superen los desembolsos máximos que están fijados en relación al nivel de renta, será el INGESA quien, de oficio, procederá a la devolución de las cantidades abonadas por los pensionistas” con un compromiso de reembolso en un periodo no superior a seis meses (que vence el 31 de diciembre).
La devolución, tal y como comunicó el director territorial del INGESA, Fernando Pérez-Padilla, en la comparecencia previa a la entrada en vigor del Real Decreto, “será aplicada de forma automática e ingresada en el número de cuenta que los usuarios tienen asociado en el INSS”. No obstante, el director territorial recomendaba, entonces, a los pensionistas que solicitaran a su farmacéutico una factura al término de cada mes para comprobar, después, si el reintegro se corresponde con la cantidad desembolsada.
El Ministerio de Sanidad contempla el derecho a reembolso entre los pensionistas  y sus beneficiarios que superen el límite de aportación mensual de 8, 18 o 60 euros, según su nivel de renta. Así, aquellos con renta inferior a 18.000 euros anuales aportarán hasta 8 euros mensuales; aquellos cuya renta se mantenga entre los 18.000 y los 100.000 euros pagarán un máximo de 18 euros mensuales; y, para los que superen la renta de 100.000 euros, la cantidad máxima mensual a desembolsar será de 60 euros.

Cada usuario tiene un código

Cada persona titular de tarjeta sanitaria en España tiene asociado un código identificativo, desde el 001 hasta el 006, que indica cuál es su nivel de pago y revela qué cantidad proporcional del coste de los medicamentos tendrá que abonar en función de su renta. Según los datos que maneja el Ministerio de Ana Mato, más del 83% de los pensionistas españoles aportan menos de 8 euros y más del 97%, menos de 18. La secretaria general de Sanidad, Pilar Farjas, ha explicado recientemente que se fijará el mecanismo para que “cada 2 o 3 meses” se realice el reembolso mediante trasferencia a la cuenta corriente en la que el jubilado cobra habitualmente su pensión.

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