El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta ha adquirido en su reunión de esta semana el compromiso de, después de Semana Santa, elaborar un informe sobre los negocios que tienen sus establecimientos asentados en terrenos portuarios y la tasa de actividad que se cobra a cada uno de ellos.
El Puerto ha tomado esta decisión después de rechazar una propuesta de la representación del primer grupo de la oposición en la Asamblea, la coalición Caballas, para elevar el tipo de gravamen que se factura, que tiene un techo máximo del 6% pero que en la actualidad “se está aplicando en su nivel mínimo de alrededor del 2%”.
Según fuentes de la formación localista, ello permite que negocios que reconocen unos beneficios después de impuestos “de hasta 3,5 millones de euros” no dejen en las arcas de la Autoridad Portuaria más que “40.000 euros”, de acuerdo con las cifras de “uno de los ejemplos concretos analizados”.
El hecho imponible de la tasa de actividad consiste en “el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios” en el dominio público portuario, sujetas a autorización por parte de la Autoridad correspondiente.
La cuota íntegra de la tasa se calcula por parte de la Autoridad Portuaria aplicando a la base imponible “el correspondiente tipo de gravamen” de acuerdo con los criterios y límites establecidos en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
En ella se estipula que un límite “del 6% del importe neto anual de la cifra de negocio o, en su defecto, del volumen de negocio desarrollado en el puerto al amparo de la autorización”.
En el caso de actividades relativas a usos vinculados a la interacción puerto-ciudad se fija como suelo mínimo que “la cuota íntegra anual como consecuencia de las revisiones que se produzcan durante el periodo de vigencia de la concesión no será inferior al 2% del importe neto anual de la cifra de negocio o, en su defecto, del volumen de negocio desarrollado en el puerto al amparo de la autorización”.
La Autoridad Portuaria de Ceuta ingresó en 2012, el último ejercicio con datos publicados, algo más de 1,64 millones de euros en concepto de tasas de actividad, un 10% de su cifra de negocios neta.
El estado de las concesiones del Poblado y el Parque será revisado
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta ha decidido revisar el estado de todas las concesiones y autorizaciones del Poblado Marinero y el Parque Marítimo del Mediterráneo ante los “indicios” existentes de que se hayan realizado traspasos o arrendamientos sin la preceptiva comunicación al Puerto que reclama la legislación vigente, según han informado fuentes de su órgano rector tras la reunión celebrada esta semana.
La Ley contempla las transmisiones de concesiones “previa autorización de la Autoridad Portuaria”, subrogándose el nuevo titular en los derechos y obligaciones derivados de la concesión. El Puerto puede ejercer los derechos de tanteo y retracto en el plazo de tres meses “desde la notificación por el concesionario de las condiciones en que va a proceder a transmitir la concesión, entre las que necesariamente habrán de reflejarse las relativas al precio y formas de pago”.
Entre los requisitos inexcusables para autorizar la transmisión de una concesión se encuentran “que el concesionario se encuentre al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la concesión” y “que el nuevo titular reúna los requisitos exigidos para el ejercicio de la actividad o prestación del servicio objeto de la concesión”.
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