Ayudas para comprar una casa o reformar el domicilio habitual
El documento que a finales del año pasado quedó a expensas del visto bueno del interventor establece en favor de los funcionarios de la Administración una “ayuda reintegrable” de 8.000 euros para la compra de la primera vivienda en Ceuta, “debiéndose aportar escritura para ellos como máximo en una fecha de cuatro años atrás a la fecha de la solicitud”. Esta ayuda sólo se podrá disfrutar una vez en la vida. Igualmente, prevé otra ayuda reintegrable de 6.000 euros “para la reforma o rehabilitación del domicilio habitual”, debiéndose aportar para su concesión “el correspondiente proyecto, presupuesto y licencia, debiendo ser del mismo año natural en el que se presenta la solicitud”. Dichas ayudas se conceden “por una sola vez” y su periodo de amortización es de 50 meses, “no siendo posible compatibilizar las mismas entre ellas”, ni entre éstas con el anticipo reintegrable genérico de 6.000 euros por un plazo de 30 meses.
Vacaciones: 31 días naturales más hasta 5 hábiles por año natural
El texto del Convenio Colectivo y Acuerdo Regulador pactado a finales de noviembre por los sindicatos y Recursos Humanos a la espera de recibir el visto bueno de Intervención fija en 31 días naturales “o los que corresponda proporcionalmente al tiempo de servicios efectivos” las vacaciones del personal de la Ciudad Autónoma. A estos hay que sumar “un día hábil adicional al cumplir quince años de servicio, añadiéndose un día hábil más al cumplir los veinte, veinticinco, treinta años y 35 años de servicio, respectivamente, hasta un total de cinco días hábiles por año natural”. Además, al personal de la Administración le corresponden 18 días naturales “consecutivos” por contraer matrimonio o constitución de pareja de hecho; 6 “por divorcio o separación legal, o disolución de pareja de hecho”; 3 por traslado de domicilio; 8 por asuntos propios; 2 ó 3 “por matrimonio, comunión o bautizo de familiares”, además de los imprescindibles para hacer exámenes.
Los detalles
74 euros y un día libre
El preacuerdo cifra en un día libre y 74 euros de compensación para el funcionario que trabaje toda su jornada durante un día festivo (o dos días y medio de libranza si no se requiere contraprestación económica).
Límite: 80 horas extra
“No se podrán realizar más de 80 horas anuales por persona en concepto de servicios extraordinarios”, decreta el texto del Convenio Colectivo y Acuerdo Regulador pactado por Ciudad y sindicatos.
Boda, hijo... 200 euros
Se establece con carácter general para todos los funcionarios “una ayuda por matrimonio, constitución en pareja de hecho, separación y natalidad por cada hijo de 200 euros”.
Servicios prestados
Al cumplir los 20 años en la Ciudad, el trabajador recibe una placa y 5 días hábiles de permiso; 10 a los 30; 12 a los 35 y uno más por cada tres extra.
Garantía de todos los ingresos en caso de baja por maternidad
El texto del nuevo Convenio Colectivo y Acuerdo Regulador para el funcionariado y el Personal Laboral de la Ciudad Autónoma pactado por los sindicatos con el Gobierno local prevé que la Administración local “abonará a las empleadas públicas la cuantía que compense la que percibió en concepto de subsidio por maternidad para alcanzar el total de las retribuciones que ordinariamente debió obtener en el período en que disfrutó del descanso maternal de no haberse producido dicha situación”. Para ello, exige que las afectadas por tal coyuntura “deberán solicitar la compensación una vez haya finalizado dicho descanso y justificado las cuantías percibidas en dicho período”. Los funcionarios en situación de baja médica perciben “el 100% de sus retribuciones totales recibidas en el mes anterior a la baja”.
Ayudas para gafas, por defunciones y para desplazarse
A pesar de que en un principio temieron que el Gobierno que preside Juan Vivas iría por ahí, el consejero de Hacienda, Francisco Márquez, aseguró el pasado viernes a los representantes sindicales del personal de la Administración local que no es su intención podar el amplio abanico de ayudas y retribuciones sociales que perciben los trabajadores de la Ciudad Autónoma.
Entre ellas se cuentan, además de la que prevé el abono “con carácter general” de 200 euros para todos los funcionarios “por matrimonio, constitución en pareja de hecho, separación y natalidad”, la que da derecho a los empleados de la Ciudad y a sus cónyuges “a una ayuda por estudios de enseñanza reglada (Bachiller, acceso universidad mayores 25 años, universitarios, postuniversitarios y masters), libros de texto y matrículas, ascendente al 50% del valor de los mismos”.
La plantilla también tiene derecho (con una cuantía limitada a algo más de 200.000 euros) a ayudas de estudios realizados por sus hijos.
Además, los funcionarios jubilados y viudos con hijos disminuidos física o psíquicamente ven reconocido su derecho a percibir mensualmente, previa presentación de los informes médicos oportunos, “la cantidad de 400 euros por cada uno con un grado de minusvalía igual o superior al 33% y que no perciba remuneración alguna”.
Por añadidura, todos los funcionarios, sus cónyuges e hijos a cargo tienen derecho a que se les abone el 50% de los gastos realizados en concepto de prótesis, entendiendo por tales “las ortopédicas permanentes o temporales, las dentarias y las especiales, incluidas las gafas, tratamientos higiénicos bucodentales, así como las intervenciones de agudeza visual, hasta un máximo de 200 euros por unidad familiar y año natural”.
En caso de fallecimiento de un funcionario, se prevé conceder a favor del cónyuge o, en su defecto, del heredero legal, “en concepto de socorro por gasto de sepelio”, la cantidad de 4.000 euros.
En los casos “en que los desplazamientos a los que se vean obligados los funcionarios” superen los gastos asignados, éstos también pueden solicitar a la Ciudad Autónoma una subvención o ayuda de entre 27,3 y 36,7 euros, en función de su grupo. En gastos de alojamiento, podrán justificar entre 67,82 y 52,8 euros (en este caso, para los grupos A1 y A2).
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