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El PGOU no ha recibido en dos semanas ninguna alegación

Los técnicos de la Consejería han atendido 36 consultas desde que el 23 de mayo. En ese tiempo sólo se ha planteado la posibilidad de una alegación que no se ha materializado.

El plazo concluye a finales de julio, dos meses después del 23 de mayo. Ese fue el primer día que los ciudadanos interesados en el Plan de General de Ordenación Urbana (PGOU) tuvieron ocasión de examinar el documento tras su última modificación y posterior aprobación en  la Asamblea. Salió adelante en el Pleno únicamente con los votos favorables del PP.
Ahora permanece abierto un nuevo plazo de alegaciones que no es habitual, pero que está contemplado en el reglamento de planeamientos  del año 1978. Ese reglamento ofrece la posibilidad de abrir este nuevo plazo si como resultado de las alegaciones anteriores el PGOU sufre modificaciones sustanciales. En el caso de que sea así, debe ser aprobado nuevamente (lo que ya ha ocurrido), sometido a un nuevo periodo de alegaciones (en el que se encuentra en este momento) y votado otra vez en la Asamblea (se espera que sea antes del 26 de agosto) para ser enviado para su aprobación al Ministerio de Fomento.
El primer día de este nuevo periodo de exposición del PGOU, los técnicos atendieron a ocho personas interesadas por sus viviendas o terrenos y por el resultado de las alegaciones que habían presentado en el plazo anterior. Hasta el pasado viernes el número de consultas había ascendido a un total de 23. De momento, no hay ninguna alegación. Hasta ahora sólo un ciudadano ha manifestado la posibilidad de plantear una, pero todavía no se ha materializado. Al menos los técnicos no tenía noticia de que se hubiera registrado alguna durante la pasada semana. No obstante, reconocen que aún ha transcurrido poco tiempo para que llegue la primera. De cualquier modo, es muy probable que se presente alguna. En ese caso, los técnicos serán informados inmediatamente para estudiar los argumentos, analizar los planteamientos legales y tramitar la respuesta cuanto antes. Se trata de evitar así que cuando finalice el plazo de presentación de las alegaciones todo el trabajo esté aún pendiente de resolución. El objetivo es que la totalidad de las reclamaciones estén contestadas sobre el 10 o 15 de agosto  para que el documento pueda ir a Pleno antes del día 26. Esa fecha está marcada en el calendario como el final del plazo máximo de dos años durante los que ha sido posible denegar licencias de edificación, parcelación y demolición mientras se tramitaba la aprobación del nuevo PGOU. A partir de esa fecha, la Administración está obligada a dar una respuesta basada en la reglamentación vigente o deberá indemnizar al solicitante. Por eso es necesario tramitar con la máxima celeridad las alegaciones que se presenten, para no retrasar más aún el proceso.
Uno de los mayores propietarios de suelo en nuestra ciudad es Defensa. Sin embargo, los técnicos no descartan que quizá esta vez el Ministerio no presente ninguna alegación ya que las planteadas en el anterior periodo fueron aceptadas en su gran mayoría.
Sí creen posible alegaciones por parte de grupos ecologistas, aunque se haya reducido el suelo urbanizable. Y los técnicos consideran muy probable alguna alegación motivada por la ampliación del catálogo de edificios protegidos. Piensan que si no llegan por parte del propietario debido a su inclusión del inmueble en ese registro, llegará por parte de alguna asociación de defensa del patrimonio por su exclusión.

Cambios legislativos
La necesidad de este nuevo plazo de alegaciones no está motivada sólo por las modificaciones que son consecuencia del efecto que han tenido las reclamaciones aceptadas, sino también de los cambios legislativos que se han producido en este periodo. De hecho, ha sido necesario ajustar el PGOU a la nueva normativa nacional y de la Unión Europea, que no son las mismas que cuando comenzó a elaborarse el plan. Entre 2014 y 2016 ha habido cambios legislativos que afectan a carreteras, puertos... La propia Ley del Suelo se modificó hace un año al adaptarse la de 2008 a los cambios que habían tenido lugar en 2013, dando como resultado el texto refundido de la Ley del Suelo y Regeneración Urbana, la 7/2015.
Los técnicos aprovecharon el anterior periodo de alegaciones para adaptar al PGOU a la legislación vigente. De otro modo, el plan estaría desfasado y podría darse la misma situación que en 1992, cuando se aplicó una ley que luego se derogó, lo que obligaba a interpretar constantemente qué artículos estaban en vigor. Una situación similar se ha producido con el PGOU de Málaga, que ha necesitado siete años de tramitación y ahora está siendo parcialmente modificado, según los técnicos consultados por este periódico.

Sin capacidad legislativa, aunque con posibilidad de instar a legislar

La tramitación del nuevo PGOU avanza a un ritmo muy inferior al que desearía la mayoría de propietarios de terrenos, promotores, constructores y ciudadanos en general. ¿A qué se debe este progresión tan lenta que nos hace ir siempre por detrás de los cambios legislativos? Los técnicos consultados por El Faro no consideran extraño que un PGOU recién aprobado haya quedado desfasado en algunos aspectos legales. Sin embargo, en el caso de Ceuta (y Melilla) el problema puede ser mayor porque nuestra ciudad no tiene la capacidad legislativa de las comunidades autónomas. Esto nos obliga a trabajar con una legislación supletoria, del Estado, y tener que echar mano de leyes de 1977 y 1978 que nadie se ha preocupado de actualizar porque ya no afectan a ninguna región, salvo a Ceuta y Melilla. Por el contrario, las comunidades autónomas, que tienen las competencias urbanísticas transferidas, han podido ir modernizando su marco legislativo.
Ésa razón, que para unos técnicos serviría de explicación al ritmo tan lento en la tramitación del nuevo PGOU, para otros no es suficiente. Estos últimos reconocen que Ceuta puede legislar, pero sí puede instar al Congreso y Senado a hacerlo. El reglamento de la Asamblea contempla la posibilidad aprobar iniciativas legislativas, pero es una opción que hasta ahora no ha venido siendo utilizada.
Entre tanto, mientras se cumplen los actuales requisitos legales para conseguir contar con un nuevo PGOU, el único aprobado hasta el momento es el de 1992. Su vigencia es indefinida, pero los técnicos establecen un periodo de duración de unos ocho años antes de que sea aconsejable acometer su renovación. En nuestra ciudad ese plazo se ha sobrepasado con creces. Ya han transcurrido 24 años y la tramitación del nuevo aún necesita superar varias fases.

Fecha límite, el 26 de agosto

Faltan menos de tres meses. El 26 de agosto finaliza el periodo improrrogable de dos años durante los que ha permanecido en suspenso la concesión de licencias urbanísticas. Para esa fecha, la Asamblea debería de haber aprobado de nuevo el PGOU tras finalizar este último plazo de alegaciones. Sin embargo, antes tiene que salir adelante una memoria ambiental elaborada conjuntamente con el Ministerio de Medio Ambiente.
Sin embargo, aunque se cumplan todos los plazos, al empezar septiembre Ceuta seguirá sin contar con el nuevo PGOU porque todavía faltará la aprobación definitiva del Ministerio de Fomento, que dispone de un máximo de medio año para dar una respuesta. Por lo tanto, es muy probable que estrenemos 2017 con el PGOU de 1992 vigor.
En esta situación, la Ciudad estaría obligada a dar licencias conforme al Plan General aprobado hace 24 años, intentando ajustarlas a lo recogido en el nuevo PGOU, que sólo contará con la aprobación inicial a falta de la contestación de Fomento. Esta situación de ‘impasse’ puede dar lugar a que sea necesario tener que pagar alguna indemnización. Puede ocurrir, por ejemplo, que dentro de la infraestructura general del territorio el nuevo PGOU se contemple un sistema viario que en el PGOU del 92 no existe. Si un propietario solicita licencia de construcción para su solar y precisamente por allí está previsto un vial, habrá que tomar una decisión. O bien se modifica el trazado de esa carretera, con el riesgo de que pueda afectar de una manera importante a la estructura general del territorio. O bien se indemniza al propietario porque se le está coartando en su derecho a poder edificar con respecto al PGOU del 92.
Actualmente, aunque existe la posibilidad legal de denegar todas la licencias porque todavía no se ha cumplido el plazo de suspensión de dos años que finaliza el 26 de agosto, la Administración local no rechaza todas las autorizaciones urbanísticas. Sólo viene contestando de manera negativa a aquellas peticiones donde es flagrante el incumplimiento de alguno de los dos planes.
A partir del 26 de agosto y hasta que el Ministerio de Fomento acepte el nuevo PGOU, la opción que se baraja como más sensata es otorgar las licencias que se soliciten siempre que las peticiones se adecúen al PGOU del 92, que es el que estará vigente, y no contradiga lo recogido en el futuro Plan General. Así es como se ha venido funcionando hasta ahora, durante los dos años del periodo de suspensión de licencias. De este modo, la Administración local ha tratado de evitar que se paralizara la actividad de la construcción en nuestra ciudad por este motivo.
El 26 de agosto, con el nuevo PGOU que sólo podrá estar aprobado provisionalmente, con el PGOU del 92 en vigor y sin posibilidad de ampliar el plazo de suspensión de licencias, quizás sea necesario hacer frente a indemnizaciones hasta que el Ministerio de Fomento estudie, valore y enmiende el futuro Plan General si lo considera oportuno.

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