Categorías: Tribunales y justicia

El particular que cerró el paso en una calle de Hadú con una verja tendrá que retirarla

El Juzgado de Instrucción nº 1 da la razón a la demandante representada por el bufete ‘Alonso Hiecke’.

El particular que bloqueó el paso en la calle Mustafa Mizzian –parte trasera de la calle Teniente Coronel Gautier que conduce a los pisos de Galo– con la instalación de una verja tendrá que proceder a su retirada.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Ceuta resolvió que el demandado restituya la parcela litigiosa –el espacio que acotó con una puerta de barrotes– al estado en que se encontraba inicialmente –libre acceso– y, todo ello, con la imposición de las costas causadas. No obstante, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
‘Alonso Hiecke. Abogados y Asesores’, bufete que representa a la vecina que se opuso a la colocación del vallado que impedía la entrada a su propiedad, explicó que los residentes y el resto de la ciudadanía utilizan este camino “desde tiempos inmemoriales” tanto para llegar a sus casas como de aparcamiento dadas sus características.
La demandante aportó diversa prueba documental en relación al terreno –donde se levantó la valla– con la que acreditó que hace uso del mismo para entrar a su casa y un garaje desde hace años, la calle es pública y paga vado al Ayuntamiento desde hace muchos años, según figura en la sentencia.
Este procedimiento tiene una particularidad por la cual no se discute el título de propiedad de la finca, sino la posesión, argumentó el abogado. La ley protege a los usuarios de esos caminos frente al despojo y, por tanto, quien se identifica como el dueño del terreno no puede ejercer sus derechos por la fuerza.
Aunque solo una vecina demandó a quien cortó el paso, la verja perjudicó a toda esa manzana de Teniente Coronel Gautier ya que tiene casas con doble salida y otras anexas con viviendas independientes que dan a la parte trasera, señaló el representante legal de la parte demandante.  
El efecto material de esta resolución judicial supone la retirada del elemento que obstaculiza el acceso al camino. En caso de que el particular se oponga a su cumplimiento de forma voluntaria, el bufete solicitará al juez su ejecución. Asimismo, si volviese a colocarlo, este acto constituiría un presunto caso de desobediencia grave y una infracción urbanística. ‘Alonso Hiecke’ consideró que, en caso de que haya recurso, éste no prosperará porque ha cubierto todos los requisitos legales.

Más casos por el desorden urbanístico

La planificación urbanística en algunas zonas se caracteriza por el desorden que da lugar a que caminos que conducen a viviendas desde tiempos inmemoriales, sean adquiridos junto a otros inmuebles o bien sean ocupados impidiendo el paso. ‘Alonso Hiecke’ ha detectado casos similares al de Hadú en puntos como el Sarchal. Sin embargo, los afectados reclaman ante la Administración cuando, en realidad, es un asunto privado que puede requerir de demanda para resolverse.

 

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