Tras la sentencia condenatoria al ex juez Garzón, el tema de actualidad en España y parte del extranjero sigue siendo las declaraciones y manifestaciones de sus partidarios y detractores. Pero veo que lo que dice la sentencia es una cosa y lo que mucha gente habla es otra cosa bien distinta; siendo, por ello, mi propósito aclarar ciertos aspectos de la misma. Y de entrada quiero significar que llegué a ser fiel admirador de la vida y obra de este extraordinario hombre de leyes que el azar del destino ha querido que sea un juez juzgado. Impartió una conferencia aquí en la UNED de Ceuta, y fue muy enriquecedor oírle hablar sobre delincuencia organizada y técnicas de investigación. Y confieso que he llegado a sentir hacia él gran aprecio, respeto y consideración, al igual que hacia todas las personas que como él se esfuerzan, trabajan, estudian, se sacrifican y tienen en la vida un afán noble de superación. Y Garzón trabajó en su juventud de albañil, camarero y empleado de gasolinera, circunstancias que creo le honran, porque luego, alternando los estudios con el trabajo, se hizo en 1979 Licenciado en Derecho, y en 1981 aprobó las muy difíciles oposiciones a la Judicatura.
Ejerció de Juez en Valverde del Camino, Villacarrillo y Almería. En 1988 fue nombrado Magistrado del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional, llevando a cabo numerosas e importantísimas operaciones contra la corrupción y fraude fiscal (Imputaciones contra el BBVA, Telecinco, Miguel Durán de la ONCE, etc); contra el terrorismo (ETA, GAL, Faisán, Ekin, Kas, Xaki, Jarray, Herrico tabernas, Segui, Segundo Marey, y de terrorismo islámico las operaciones Dátil, Nova, 11 M, etc); contra el narcotráfico (casos Nécora, Pitón, Clan de los Charlines, etc), mandó detener a Pinochet en Inglaterra, llevó casos de genocidio contra funcionarios de las dictaduras argentinas como Adolfo Scilingo; en 2004 solicitó del Consejo de Europa el desaforamiento para imputar al Primer Ministro italiano Berlusconi; ordenó detener a Bin Laden etc. Fue un juez muy valiente, sin asustarle la categoría ni el poder de las personas a las que procesaba o decretaba su prisión, y fue un trabajador incansable de la justicia. Todo ello, hizo despertar hacia él gran admiración, que a quien escribe también produjo. Se hizo así célebre y carismático. Pero eso le llevó a cubrirse de cierta aureola de fama y prestigio internacional, creada por la propaganda mediática y el protagonismo más bien buscado de propósito para convertirse en el juez “justiciero” del mundo.
Ser juez supone el privilegio de ser investido por la Constitución y el Estado de la honrosa misión de tener en sus manos la vara de la justicia. Ejercer la jurisdicción es tener por precioso oficio la “constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo” en la nada fácil tarea de velar y proteger vidas, derechos, libertades y bienes de las personas. El juez se convierte así en el depositario de la confianza del pueblo para administrar justicia. Por eso es independiente e inamovible, y sólo debe tener como jefes de los que dependa a la ley y al derecho, de los que debe ser como un esclavo; nada ni nadie más deben condicionarle, coartarle, perturbarle ni influirle en sus decisiones al instruir o sentenciar. Ahora bien, tan amplia potestad requiere de la limitación que le imponen su responsabilidad y la indeclinable obligación de hacer sólo lo que la ley permita, sin pasarse en nada, con plena integridad, rectitud de conciencia, ecuanimidad, seriedad y rigor. Un juez no puede tomar decisiones arrastrado por la subjetividad de las cosas mundanas y de los sentimientos humanos, ni por la parcialidad ni el sectarismo. Sus resoluciones nunca deben ser fruto de impulsos viscerales, sino producto de la reflexión, mesura, juicio sereno y ponderado, debiendo estar siempre en permanente debate y deliberación con la ley y el resto del ordenamiento jurídico, absteniéndose de entrar en luchas políticas, económicas o partidistas de cualquier clase. Debe ser en todo el fiel de la balanza de la justicia.
En 1993 estaba entendiendo del asunto del GAL; pero, tras ser tentado por el Gobierno de entonces, decidió abrir un paréntesis en su carrera de la judicatura para irrumpir en política como número dos por Madrid en las listas electorales del partido con el que ganó el escaño. Cuando fue captado para el partido, se dijo que guardó bajo llaves el expediente del GAL. Ganadas aquellas elecciones, fue nombrado Delegado del Gobierno en el Plan Nacional sobre Drogas, del que en 1994 presentó su dimisión y renunció al escaño, aduciendo “la actitud pasiva del entonces Presidente del Gobierno respecto a la corrupción”. Él mismo declaró que “se equivocó y pecó de soberbia creyendo que podía hacer algo”. Y ese fue el momento en que el juez al que hasta entonces el pueblo más admiraba, cayó de su alto pedestal para pasar a convertirse en objetivo de enormes críticas y sonadas polémicas; ahí fue cuando él mismo se despojó no sólo de la toga sino también de su indiscutible prestigio y “auctoritas”, y comenzó a declinar su estrella en lo que fue el ocaso de su carrera. Los medios de comunicación atribuyeron su dimisión al despecho sufrido por el hecho de no haber sido satisfecha su ambición de ser Ministro de Justicia, para cuyo cargo fue designado otro juez también metido a político.
Tras haber dado el portazo al Gobierno, Garzón se reincorporó a su Juzgado en la Audiencia Nacional; y, según se divulgó, desempolvó del cajón donde había dejado antes guardado el expediente del GAL para terminar decretando la prisión de un ex Ministro y un ex Secretario de Estado, ex compañeros de escaño. Y a punto estuvo de sentar también en el banquillo al tapado que vino en llamársele la “X” del GAL. Pese a todo, aquellos antiguos compañeros de la política que tanto arremetieron entonces contra él, ahora son quienes le defienden, presentando la imagen de que en el asunto de corrupción de Güntel el primer condenado ha sido el juez, mientras que los corruptos están en libertad. Y ya en otros artículos me he referido a la corrupción como una de las lacras más reprobables que hoy padecemos, siendo de esperar y desear que sobre todos los que sean declarados corruptos de cualquier clase caiga todo el peso y rigor de la ley. Pero ese no es el fondo de la cuestión penal que en el caso de Garzón se ha juzgado, sino el haber autorizado él, de “motu proprio” y en contra de las advertencias del Fiscal, la interceptación de las comunicaciones telefónicas de los presuntos corruptos con sus abogados, a sabiendas de que no podía hacerlo, tanto por haber sido advertido como porque la Ley sólo lo prevé para casos de terrorismo. De ahí que incurriera en “prevaricación”, que es uno de los delitos más graves que pueden cometer un juez o un funcionario, y por lo que ha sido condenado por unanimidad por los siete Magistrados que lo han juzgado. ¿Y es que en los siete de sus compañeros Magistrados del Tribunal Supremo iba a existir animadversión contra él?.
¿Qué hubiera despotricado el Sr. Garzón sobre su juez instructor si sus conversaciones con su abogado defensor le hubieran sido intervenidas?. El mismo Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que es el encargado de dar amparo a los jueces, y otros compañeros relevantes, han manifestado que la sentencia es impecable y resulta ajustada a derecho. Particularmente, también lo creo, aunque el Tribunal que lo ha juzgado podía haberse ahorrado determinados calificativos quizá desproporcionados y fuera de lugar.
También se le ha juzgado aparte por el otro caso contra el franquismo o de la Memoria Histórica, del que al tiempo en que escribo todavía no se ha dictado sentencia, y ojalá le sea favorable. Pero, en ese caso, ya antes, el 16-12-1998 se negó a admitir a trámite una querella para que se investigaran los asesinatos de Paracuellos del Jarama, de signo político contrario, habiendo argumentado entonces “falta de tipicidad e irretroactividad de la ley penal”, y arremetió contra los querellantes acusándoles de “mala fe procesal” y poniendo en tela de juicio la deontología profesional “de quien se toma tan a la ligera las normas básicas de nuestro ordenamiento jurídico”. En cambio, en 2008 sí se declaró competente para investigar el caso de los represaliados del franquismo y, a pesar de que se opuso la Fiscalía mediante recurso de apelación por existir la Ley de Amnistía y no ser competente la Audiencia Nacional, insistió y ordenó hasta 19 causas desenterramiento, como la de García Lorca. Y ahora se han organizado y orquestado toda una serie de manifestaciones nacionales e internacionales para hacer ver que lo que se pretende es cazar y acabar con el juez Garzón por haber investigado al franquismo. Y tampoco ha sido esa la imputación del cargo por el que se le ha juzgado, sino por haberse declarado competente en una materia que sabía demás que no lo era y haber intervenido las comunicaciones de los abogados con los detenidos. Al dictar el CGPJ la suspensión del juez, la Asociación Profesional de la Magistratura y la de Jueces para la Democracia, declararon que la decisión de suspenderle era la única que se podía tomar con la ley en la mano.
En fin, simplemente he querido limitarme a exponer los motivos por los que se le ha juzgado y por los que creo que comenzó su ocaso como Magistrado-juez. Dejo al mejor criterio de los lectores la valoración tanto jurídica como actuarial que el caso del juez Garzón libremente les merezca; a la vez que afirmo con toda sinceridad que lamento la condena impuesta y le deseo que tenga más suerte en la inminente sentencia que le queda, porque al tiempo de estar escribiendo este artículo se ha hecho pública la absolución por prescripción en el tercer caso del dinero de los cursos que impartió en Nueva York, que de verdad me alegro, aunque con la misma sinceridad debo manifestar que este monumental juez, al final, a muchos que le admirábamos nos ha defraudado. A un juez le es muy difícil poder conciliar la política con la toga, a la que él tanto se aferraba en su propio juicio, sobre todo, porque las blancas puñetas de puntilla bordada que llevan las bocamangas de dicha toga, pueden fácilmente mancharse con el polvo de la política. Y las sentencias de la Justicia son para acatarlas, o recurrirlas si de ellas se disiente. ¿O es que los casos que él instruía o los autos de imputación que dictaba tampoco debían ser acatados por sus inculpados?.
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