Categorías: Tribunales y justicia

El juzgado aclarará, tras la denuncia del PSOE, los pagos a Urbaser

El juzgado que sea designado, después de que Fiscalía remitiera la denuncia del PSOE al decano para su reparto tal y como ayer adelantó ‘El Faro’, será el que determine el proceso investigador que se lleve a cabo en torno a los pagos a Urbaser. Tras la denuncia socialista sobre la presunta existencia de un pago irregular, Fiscalía dio traslado de la misma al juzgado para que sea éste el que aclare lo ocurrido y, una vez hecho, ya el órgano fiscal emitirá su oportuno informe calificador de los hechos mostrando su postura en toda esta historia ya judicializada.
De momento lo que se ha hecho es un puro trámite, remitiéndose las diligencias de investigación penal, sin que Fiscalía haga aún un pronunciamiento al respecto sobre si existe realmente o no un delito, ya que, antes de dar dicho paso, debe prevalecer la oportuna investigación. En el informe adelantado por ‘El Faro’ y que ayer fue repartido en su totalidad por el PSOE, se indica que “existen indicios” para sospechar de una posible irregularidad, por lo que se da traslado de dicho caso al juzgado al objeto de que actúe con la mayor celeridad posible y confirme lo que realmente existe en este asunto ya mediatizado. Es un trámite que se sigue con cualquier denuncia de este calado que debe ser investigada en aras a garantizar la pureza e independencia en el ámbito judicial.
En un comunicado de prensa, el PSOE ha manifestado que tiene “el máximo interés” en “que se esclarezcan los hechos” y que “ante la nula voluntad de Gobierno para dar explicaciones, tendrá que ser la justicia finalmente la que arroje un foco de luz a estos acontecimientos”.
Dice el PSOE que “independientemente de si hay o no ilícito penal, no cabe duda de que debe haber consecuencias políticas por esta gestión”, añade.
En el informe de la Fiscalía difundido por los socialistas, el propio órgano judicial señala su incapacidad para poder llevar a cabo una investigación al no disponer de los medios suficientes para ello, a pesar de haberlo denunciado en reiteradas ocasiones y haber dado traslado de dicha queja a los órganos superiores competentes. Se indica en dicho informe que “acudir a Fiscalía responde en ocasiones a la búsqueda de efectos extraprocesales, particularmente los mediáticos” y que precisamente por ello “debe calificarse de atinada la instrucción que en su día anunció el Fiscal General del Estado en relación a dar curso inmediato al juzgado a toda denuncia proveniente de partidos políticos para evitar esa instrumentalización del Ministerio Fiscal en la lucha política”. ¿Y qué es lo que se ha hecho en Ceuta? Pues acatar dicha máxima y con la mayor celeridad, evitando así críticas intencionadas que en otras ocasiones se han producido por parte de algunas formaciones políticas, dar paso al juzgado decano para que designe el que lleve esta instrucción.
En su informe se indica cómo el Ministerio Fiscal vive momentos de crisis de desarrollo, carece de las dotaciones personales y materiales suficientes, tiene pendiente un despliegue en los órganos judiciales del territorio que le permita una mayor inmediatividad en su actuación, carece de un presupuesto para atender los gastos de investigación ágil y en profundidad y no se han adscrito todavía unidades de Policía Judicial de dependencia directa de las Fiscalías. Así se está, y en el marco de esta situación es como se adoptan las decisiones.
Lo que ha hecho Fiscalía es, con los mimbres de que se dispone, facilitar que haya una claridad investigadora absoluta, evitando que pueda haber una desidia judicial. En el caso de marras se informa de que al existir indicios para llevar a cabo una investigación por cuanto un partido político ha denunciado posibles irregularidades, se opta por acelerar el proceso ya que de ser la Fiscalía la que hubiera procedido a la investigación “solo serviría para reduplicar actuaciones pues deberían repetirse a presencia judicial”, pudiendo ralentizarse el tema siendo imposible, con la carencia de medios denunciada, su tramitación en el periodo de seis meses legalmente previsto en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

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