Analizando el pliego de condiciones técnicas que regirá en el contrato de la línea de transporte marítimo se especifica de manera muy clara que las frecuencias mínimas que deberá realizar el barco de la empresa adjudicataria son cuatro rotaciones diarias.
Y además con una especial dedicación en ese pliego al tiempo de duración del OPE y se aclara que la Dirección General de la Marina Mercante y el adjudicatario convendrán cada año las medidas necesarias para hacer frente a la demanda previsible de los días punta de demanda de dicha OPE y otros dispositivos que tengan que activarse cuando se estime que se puede producir una gran demanda que pueda colapsar los servicios normales.
Se menciona que el buque debe pernoctar en Ceuta y que al objeto de facilitar la conexión de los usuarios de la línea con otros medios de transporte la primera salida desde nuestra ciudad será a las seis de la mañana y la última que realice desde Algeciras a las once y media de la noche.
En otro apartado se aclara que el transbordador de pasaje y carga rodada debe tener como mínimo setecientos cincuenta pasajeros y cien vehículos y con capacidad para navegar con temporal de levante cumpliendo las rotaciones mínimas que se establezcan. Se añade que será objeto de valoración la mayor capacidad del buque en cuanto a plazas de pasajeros y vehículos con respecto a los mínimos establecidos.
En la fecha de adjudicación del contrato los buques que se adscriban inicialmente al servicio no podrán superar los quince años de edad. Se hace una excepción, en cuanto a que durante los períodos de sustitución podrá permitirse de hasta veinticinco años siempre que el licitador acredite que éstos se encuentran en la actualidad empleados en los mismos tráficos.
Mal tiempo
Para los momentos de mal tiempo, en caso de existencia de otras compañías que presten la misma línea con buques de alta velocidad, cuando las condiciones del clima marítimo impidan hacerse a la mar con dichas embarcaciones en condiciones de seguridad, y en consecuencia obliguen a la cancelación de todas sus salidas, el buque adscrito al contrato, siempre que lo permita su capacidad, deberá aceptar a los viajeros del resto de las compañías que realicen igual servicio con alta velocidad para lo que se firmarán los oportunos acuerdos de intercambio y otro de compensación. En caso de ser necesario por causa de interés público o por aglomeración de pasajeros en los puertos que no pueden viajar en los buques de alta velocidad debido al mal tiempo, el buque deberá realizar los viajes que el capitán marítimo de Ceuta le indique y que sean factibles.
Características
Rotaciones
Un minímo de cuatro todos los días
Está obligado a un total de cuatro rotaciones diarias y la primera de ellas debe partir de Ceuta a las seis de la mañana y la última salida desde Algeciras a las once y media de la noche.
Edad del barco
Un máximo de quince años para el buque
El buque que se adscriba a la línea deberá tener un máximo de quince años, salvo en los períodos de sustitución donde podrá tener veinticinco, siempre que el licitador los tenga operando.
Capacidad
Un mínimo de 750 pasajeros y 100 coches
El buque deberá tener como mínimo setecientos cincuenta pasajeros y una capacidad de cien vehículos. Por supuesto, se tendrá en cuenta si tiene una mayor capacidad en ambos.
Velocidad
Dieciocho nudos es la velocidad nominal
A los efectos del contrato, la velocidad nominal de navegación mínima será de dieciocho nudos, siendo exigible el mantenimiento de la misma desde el inicio del contrato y durante toda la duración del mismo.
Reforzar
Se debería reforzar su papel de control
Si saliera adelante el proyecto la Delegación debería reforzar el papel controlador de las operaciones de compraventa.
Exigencias de calidad para el buque
Se establecen una serie de requisitos de calidad que debe tener el buque como los espacios suficiente de acomodación para albergar el número máximo de pasajeros admisible a bordo que se especifique en el certificado exigido al buque. Además, los barcos contarán como mínimo con un servicio de cafetería que prestará servicios durante todo el viaje y que la prestación de dichos servicios es independiente de la atención que puedan requerir los pasajeros para comunicar cualquier necesidad o incidencia durante la navegación.
En el puente de gobierno existirá un armero para que los militares o las fuerzas de orden público o personas autorizadas que realicen viaje puedan dejar, bajo la custodia del capitán, sus armas reglamentarias. Los buques deberán disponer de un lugar separado del resto del pasaje y del a tripulación que garantice la custodia y transporte de ciudadanos por motivos de orden público causa judicial. Dichos lugares deberán así mismo contar con un recinto para las fuerzas de orden público que les acompañen, que contará con un armero para que las citadas fuerzas puedan deja su armamento reglamentario. Por otro lado, los garajes deberán contar con ascensores o elevadores que permitan acceder directamente a las salas de butacas. Asimismo, las escaleras que unen dichos lugares serán lo suficientemente anchas para permitir el paso de los pasajeros y sus equipajes. La empresa adjudicataria deberá satisfacer las necesidades de transporte del personal militar del Ministerio de Defensa y aceptará para ello el pasaporte militar y la tarjeta militar para viajes por cuenta propia. El buque preparará una zona bien ventilada y acondicionada para el transporte de ambulancia y UVI móviles con sus pasajeros y asistentes en su interior.
Deberá contar con el suficiente personal de limpieza para mantener el buque en perfecto estado durante el viaje. Durante la navegación el mayordomo o por quien corresponda se vigilará la limpieza de los aseos y salas comunes, y ordenará la limpieza cuando corresponda.
Las salas de butacas estarán situadas en cubiertas protegidas de la intemperie y próximo a las mismas habrá aseos suficientes para hombres, mujeres y bebés. Cada sala de butacas deberá estar dotada con sistemas de aire acondicionado y calefacción.
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