Categorías: Tribunales y justicia

“El esfuerzo de Marruecos evita muertes en España”

Magistrado de enlace de España en Marruecos, De Jorge Mesas atendió a ‘El Faro’ antes de intervenir en las Jornadas y repasó la cooperación de ambos países y la reforma del CP

La segunda y última sesión de las Jornadas Jurídicas de Ceuta, que finalizaron ayer en el Salón de Grados del Campus Universitario, contó con la presencia del magistrado de enlace de España en Marruecos, Luis Francisco de Jorge Mesas, figura capital para que la relación que hoy vive el país vecino y el nuestro sea “extraordinaria”, según estimó en conversación con ‘El Faro’.
Así, el magistrado de enlace, que ofreció una ponencia titulada ‘El decomiso ampliado en la reforma del Código Penal de 2015’, intervención precedida por unas palabras del abogado Francisco Baena Bocanegra, abogado, valoró distintos asuntos para este medio. Respecto a la cooperación Marruecos-España, y viceversa, De Jorge Mesas estimó que “es no sólo correcta sino extraordinaria” y explicó acto seguido: “Me atrevería a compararla con la cooperación que tuvimos con Francia en un determinado momento en la década del 2000 que condujo al final de ETA”. “No es una relación buena sino que es extraordinaria”, reiteró, “y además a todos los niveles que se pueda imaginar”, apostilló. En este sentido, el magistrado de enlace indicó que “hay un gran intercambio de información policial, trabajo conjunto, cooperación judicial entre ambos países” y concluyó al respecto que “la gente no es consciente en España hasta el punto en que llega el esfuerzo de las autoridades marroquíes y esto está evitando muertes en España pero es así y así hay que destacarlo”.
Acerca del tema que trató dentro del marco de las Jornadas, el decomiso ampliado en la reforma del Código Penal de 2015, De Jorge Mesas indicó que “se trata, probablemente, de la herramienta más potente que existe en la lucha contra la criminalidad que genera beneficios económicos”. “En este concepto de beneficios económicos”, indicó, “podemos meter tanto la corrupción como el tráfico de drogas como más aspectos de interés”, y explicó que “se trata de un sistema por el que en lugar de tener que hacer el esfuerzo de buscar cuál es la prueba que determina que determinado bien o ganancia es delito, a partir de determinadas condiciones se invierte la carga de la prueba y se le incauta los bienes a los condenados por esos delitos, a no ser que ellos consigan demostrar que proceden de una actividad lícita”. “Ese es el núcleo esencia del concepto de decomisado ampliado”, resumió.
Entonces, ¿si una persona que no tiene trabajo y, sin embargo, sí una lujosa vivienda y coches de alto nivel, ha de demostrar el origen de tales bienes? “Exacto, así es”, respondió el magistrado de enlace, y explicó acto seguido: “Si esa persona, por ejemplo, ya ha sido condenada tres veces y en la última condena es, pongamos por caso, por un delito de tráfico de drogas, se miran sus bienes y se determina cuándo los ha adquirido y los ha empezado a utilizar, entonces todos los bienes que haya adquirido en los últimos seis años o que haya empezado a utilizar en este periodo, se incautan a no ser que demuestre que provengan de una actividad lícita y lo ha de hacer con una prueba contundente que no deje lugar a dudas”, explicó. “Luego”, profundizó, “hay otras variedades más atenuadas: cuando no hay condenas múltiples sino que se trata de la primera condena, el tribunal tiene que ver si existen pruebas que lleguen a la conclusión de que es altamente sospechoso el origen de esos bienes. Si es así, es decir, si es altamente sospechoso, se declara delito y se procede al decomiso”.
¿Cuando entra en vigor esta norma? “En breve”, respondió, “está ya aprobada y ha entrado en un periodo destinado para que los juristas estudien y asimilen la reforma, pero, en cualquier caso se trata de una norma obligada y que responde al cumplimiento de normas europeas. Es una transposición obligada de una norma europea, lo que hay ciertos márgenes que permiten a los estados modular esa norma y darle más o menos intensidad pero, en cualquier caso, es una norma uniforme”.
¿En un país como España, en la que la corrupción está generalizada, esta norma puede revolucionar el panorama, magistrado? “Esto le va a afectar a mucha gente, sí”, dijo, para valorar y añadir que “es una norma fantástica porque va a simplificar mucho las cosas y va a hacer que aquellos que hasta ahora tenía bienes y decía o pensaba ‘Estado, demuestre mi delito’, sean condenados y los bienes comisados”.
Por último, y acerca de donde irían a parar los bienes comisados, De Jorge Mesas señaló que “se los quedará el Estado y luego se creará una agencia de investigación y recuperación de activos ilícitos y pasará al tesoro público. Además, parte de esos bienes se destinará al uso de unidades policiales, como pueden ser coches o barcos”, finalizó.

“Es conveniente que haya acuerdo entre banco y persona”

La mediación entre entidad bancaria y particular o empresa. Tal es el futuro, "ya presente", que dibujó ayer Agustín Azparren Lucas, magistrado en excedencia, abogado y mediador, durante su intervención en las Jornadas Jurídicas, ponencia que, además, sirvió para abrir la sesión del día. De tal modo, el mediador explicó a los presentes "la conveniencia de que se llegue a un acuerdo entre ambas partes, banco y persona, sin que haya que pasar por una sala de juicios, una situación cada vez más común y que, además, tiene resultados muy buenos: para estas dos partes y para el propio sistema judicial, porque se elimina mucha carga y litigiosidad en los Juzgados", señaló. "De hecho, tan apasionante y beneficioso es este proceder", confesó Azparren Lucas, "que de todas las funciones que he ejercido, como magistrado y abogado, esta es la que más satisfacción me está ocasionado y además en menos tiempos", señaló, al tiempo de animar a que la tendencia vaya en aumento.

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