El BOCCE publica la relación de 78 beneficiarios del llamado Plan Prepara

Estos desempleados cobrarán unos 400 euros durante seis meses, lo que resulta un importe de 186.909,84 euros

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) publicó ayer la relación de los 78 beneficiarios del Programa de Recualificación Profesional, llamado Plan Prepara, correspondiente al mes de julio de este año.
El importe total de estas subvenciones alcanza los 186.909,84 euros, repartidos entre los 78 beneficiarios, lo que resulta un total de 2.396,28 para cada uno. Estos cobrarán a partir de septiembre unos 400 euros mensuales durante seis meses.
Estas subvenciones son de acompañamiento por la participación en el Programa de Recualificación Profesional de las personas que hayan agotado su prestación por desempleo, establecidas en el Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación de las personas desempleadas. Estas fueron prorrogadas posteriormente.
Las actividades a desarrollar por los beneficiarios serán las que establezcan los respectivos servicios públicos de empleo de las autonomías dentro de los itinerarios personalizados de inserción diseñados al respecto. La cuantía máxima a percibir por los beneficiarios de las subvenciones está establecida en el artículo quinto de las resoluciones de 15 de febrero y 30 de agosto. El pago de la ayuda reconocida a cada beneficiario queda condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo cuarto, en relación con el noveno de ambas resoluciones, percibiéndose la misma por cada beneficiario en un periodo máximo de seis meses desde que se hubiera presentado la solicitud.
Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de las citadas resoluciones, estas ayudas pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y comunitaria. Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en la que existe crédito adecuado y suficiente retenido por el mismo importe mencionado.

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