El acuerdo entre Gobierno local y sindicatos sobre la reorganización de los servicios también se aplicará a los trabajadores del Organismo Autónomo de Servicios Tributarios (OAST). El Complemento Personal de Jornada Transitoria que establece el acuerdo supone un cincuenta por ciento de la cuantía mensual de las retribuciones afectadas por la revisión de los horarios de actividad de algunos servicios. Ese complemento, que implica el ejercicio de las funciones del puesto fuera de la jornada normal para sacar las tareas en los plazos previstos, cumplir objetivos y ejecutar programas y actividades, se materializará con la realización de dos horas y media semanales realizadas entre las 16:00 y las 20:00 horas repartidas, al menos, en dos días a la semana. Se percibirá con carácter mensual fuera del complemento específico y en ningún caso podrá ser susceptible de incremento en el futuro, será incompatible con las características de jornada partida y especial y complementos variables relativos a la jornada que sean condiciones del puesto de trabajo en el futuro.
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