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Educación reduce a una las pruebas para obtener el título de ESO en mayores de 18 años

Ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este lunes y entrará en vigor a partir de mañana

El Gobierno ha reducido de dos a una el número de pruebas anuales para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) para mayores de 18 años en Ceuta y Melilla. Así se recoge en la Orden EFP/232/2022, de 22 de marzo, por la que se modifica la Orden ECD/651/2017, de 5 de julio, que regula la enseñanza básica y su currículo para las personas adultas en modalidad presencial, a distancia y a distancia virtual, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, que publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entra en vigor mañana.

En concreto, la orden modifica el apartado 1.º del artículo 24 de la Orden ECD/651/2017, de 5 de julio. A partir de este cambio, anualmente se convocará, al menos, una prueba para que las personas mayores de 18 años puedan obtener directamente el título de Graduado en ESO. Esta prueba se compondrá de tres ejercicios diferenciados.

Asimismo, se añade un 5.º apartado al artículo 24 de la Orden ECD/651/2017, de 5 de julio, que establece que, "en el caso de personas con discapacidad mayores de 18 años, en aplicación de los principios de igualdad de oportunidades, diseño para todos y accesibilidad universal, las pruebas se adaptarán a la situación de cada persona con discapacidad que se presente a la prueba". Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

Según argumenta el Ejecutivo, "del seguimiento de las convocatorias celebradas con anterioridad se deduce que el número de aspirantes que participan en cada una de las dos pruebas que se convocan en un mismo año es muy reducido, por lo que resulta necesario la racionalización del gasto público y de los recursos humanos que conlleva la celebración de dos convocatorias, al poder alcanzarse adecuadamente la finalidad de estas pruebas mediante una sola convocatoria".

Por este motivo, defiende que procede revisar la Orden ECD/651/2017, de 5 de julio, para establecer "un mínimo de una convocatoria anual, de forma que si se incrementase el número de participantes siempre se puedan incrementar las convocatorias".

Para esta modificación se ha procedido al trámite de información pública mediante publicación en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Además, en su elaboración ha emitido informe el Consejo Escolar del Estado.

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