Dos peritos se oponen a la hora de fijar la responsabilidad en un siniestro mortal

Un militar se enfrenta a prisión por el accidente que terminó con la vida de un motorista en avenida Ejército Español el año pasado. Se debatió sobre asuntos como la velocidad

“Yo no soy un conductor imprudente, soy también una víctima del accidente. Sé que se ha perdido una vida, lo siento”. Estas fueron las últimas palabras ofrecidas ante la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 por el acusado de un homicidio por imprudencia grave, momentos antes de que el juicio quedara visto para sentencia. Se enfrenta a una pena de hasta 3 años y 3 meses de prisión (solicitada por la Acusación Particular y rebajada en uno por la Fiscalía) por los hechos ocurridos el 18 de enero del año pasado, cuando un hombre perdió la vida al chocar la motocicleta que conducía contra su coche, justo en el momento en que procedía a entrar en el acuartelamiento Fiscer, en la avenida Ejército Español, en donde presta servicio como militar. La Acusación considera que el acusado cometió una imprudencia grave que terminó costando la vida al motorista, mientras que la Defensa exculpó de este desenlace fatal a su patrocinado situando la carga de culpa del siniestro en el propio fallecido.
El desarrollo del juicio se sostuvo precisamente en torno a una pregunta: ¿quién fue el responsable del accidente que terminó con la muerte de este trabajador del puerto? Y a la hora de darle una respuesta más o menos ajustada, cada una de las partes se aferró a las conclusiones, completamente opuestas, ofrecidas por los peritos profesionales que habían propuesto. En la vista de ayer se trataba de dilucidar la responsabilidad penal de los hechos (habiéndose retirado previamente la acusación por un delito contra la seguridad vial) ya que la aseguradora hizo en su día el abono de la indemnización civil correspondiente a los familiares directos de la víctima.
El acusado manifestó en su relato de lo sucedido hace año y medio que no vio en momento alguno al motorista. Que cuando hizo la maniobra de acceder al acuartelamiento, redujo la velocidad, puso el intermitente, miró y accedió al cuartel. “Hice el giro que hago siempre”, expuso, recordando que por su trabajo de Mantenimiento entra y sale del cuartel en varias ocasiones repitiendo siempre la misma acción. “No vi la moto”, insistió, solo “escuché la frenada y el golpe”. Cuando giró la cabeza, la motocicleta ya estaba en el suelo y el ocupante tendiendo con su cuerpo debajo del coche. “No lo vi”, repitió, negando que efectuara maniobra antirreglamentaria alguna que terminara provocando el accidente. “Llevo 14 años y medio de militar, siete en ese cuartel y hago esa maniobra dos veces al día como mínimo, hay veces que ocho”, recordó, para situar en lo común la actuación llevada a cabo esa mañana del siniestro mortal.
Para acceder al cuartel se superó una línea continúa, algo que “forzosamente”, dijo, había que hacer para poder entrar, considerando esto como “no antirreglamentario” porque “a diario lo hacemos cientos de personas”. Cerca hay una línea discontinúa que, al parecer, nadie respeta. De hecho un agente de la Policía Local de Atestados que prestó declaración como testigo llegó a considerar que pudiera estar mal señalizada, destacando por su conocimiento y experiencia que “todos invaden” esa línea continúa.
También se abordó una cuestión relativa a la velocidad que hay que tener en esa vía, al existir una señal de 30 antes de la rotonda ubicada en su cercanía. La declaración de un agente experto en Seguridad Vial vino a clarificar que en la vía prevalece una velocidad máxima de 50, ya que esa velocidad de 30 termina con la finalización de la rotonda.
Sin duda la clave de toda la vista judicial estuvo en las declaraciones de los dos peritos que ofrecieron su testimonio. Uno presentado por la Acusación Particular y otro por la Defensa, con conclusiones completamente opuestas hasta el punto de situar la responsabilidad en dos planos distintos: el primero, en el acusado; el segundo, en la víctima tras valorar aspectos como la velocidad a la que, estiman, circulaba el fallecido.
El perito aportado por la Acusación Particular, experto en reconstrucción de accidentes, llegó a dudar que la huella de frenada encontrada fuera de la moto, pero para no contradecir las conclusiones de la Policía Local evaluó las suyas teniendo en cuenta que sí lo era. En sus conclusiones consideró que al fallecido no le dio tiempo a reaccionar al invadir el turismo que conducía el acusado su carril interponiéndose así en su camino. A su juicio el único culpable del accidente fue el acusado, al llevar a cabo una maniobra que resultó fatal y para cuya ejecución debió extremar la precaución e incluso detenerse si hubiera sido necesario para comprobar que nadie circulaba en el carril que iba a ocupar. Criticó además que la maniobra que llevó a cabo fue incorrecta. “No se puede disculpar de ninguna manera”, dijo, porque debía haber cruzado por la línea discontinua por mucho que lo común sea lo otro.
Insistió en que esa maniobra puede hacerse cruzando la línea discontinúa “si se hace despacio”, negando lo común y estilado en su día y ahora que vienen a aceptar como normal lo que no deja de ser una infracción. “El hecho de que lo hagan mal no quiere decir que esté bien”, aseveró. En base a los cálculos efectuados negó que el fallecido circulara a una gran velocidad, insistiendo además en que no tuvo tiempo de reacción al toparse con el cruce del acusado.
El perito aportado por la Defensa ofreció una conclusión opuesta completamente y basada en la visión de las cámaras recogidas en el cuartel al considerar que se trataba de los datos más objetivos posibles (algo que, por ejemplo, fue desechado por el otro perito). Su conclusión fue demoledora: la causa del siniestro se debió, a su juicio, a un exceso de velocidad del motorista exclusivamente. Dijo además que, forzosamente, el acusado para entrar en el cuartel tiene que pisar la línea continúa ya que, mantuvo, no puede cruzarse la discontinúa haciendo una sola maniobra. Insistió en que no había posibilidad alguna de que el acusado hubiera visto al motorista y quitó validez a las conclusiones aportadas por el otro perito, aunque las suyas no calaran del todo bien en la Acusación, incluso ya de entrada por el título elegido para su informe, en el que habla de la moto como vehículo causante del siniestro.
Fiscalía y Acusación Particular dieron validez a las conclusiones del perito que exculpa de toda responsabilidad al fallecido, destacando que el método elegido para llegar a ellas fue el mismo seguido por el de la aseguradora que ha abonado las indemnizaciones a los familiares directos, por ser, a su juicio, el más ajustado y contra el que la Defensa nada dijo en su día. Consideran que sí hubo una imprudencia grave por parte del acusado que fue la causa del impacto, alejándose su visión del accidente de un perfil de ‘motorista suicida’ como, lamentaron, se deducía del informe de la Defensa. Advirtieron además de que si el acusado hubiera detenido su marcha y seguido medidas de precaución, el accidente no hubiera pasado. La Acusación Particular mencionó la alarma social a la hora de solicitar una pena mayor.
La Defensa considera que no existe una prueba concluyente que enerve la presunción de inocencia de su patrocinado. “No se le puede reprochar penalmente nada”, dijo. “No es un temerario, hizo una maniobra y confiaba en que los demás respetaran”, apuntó, sosteniendo la responsabilidad en el fallecido por “circular a velocidad excesiva”.

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