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Los directores de centros escolares podrán renovar dos mandatos

El MEFP prepara una nueva Orden de selección, nombramiento y evaluación con el objetivo de "profesionalizar" esa función

El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) cerró ayer el periodo de consulta pública sobre el proyecto de Orden con el que modificará la vigente desde el año pasado que regula el procedimiento para la selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de los directores de los centros escolares de Ceuta y Melilla.

La nueva normativa que pretende aprobar el Gobierno central permitirá sumar un mandato más de renovación antes de volver al procedimiento ordinario de selección, así como avanzar hacia la “profesionalización” de la función directiva de colegios e institutos.

Ahora los directores seleccionados (salvo los nombrados con carácter extraordinario) pueden renovar su mandato por un nuevo periodo de cuatro años debiendo manifestar expresamente su voluntad de renovación en el cargo mediante escrito dirigido a la Dirección Provincial.

En la nueva Orden se posibilitará que puedan renovar su mandato por dos periodos de cuatro años. Finalizados estos tres periodos, el de nombramiento y los dos de renovación, deberán participar en un nuevo procedimiento de selección.

El MEFP quiere igualmente introducir “cambios en las fechas de publicación de los listados de los puestos vacantes”, así como recoger la superación del curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva “como requisito previo para la participación”; y mejorar “la evaluación tanto para la selección como para la renovación de los mandatos de Dirección”.

Actualmente la Orden recoge que las administraciones educativas pueden considerar como requisito para poder participar en el concurso de méritos de acceso a la Dirección escolar estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Con vistas a la nueva regulación se considera “establecer como requisito previo para poder participar en el proceso de selección el haber superado dicho programa antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes”.

Evaluación

Por último, el capítulo IV de la Orden EFP/376/2021 desarrolla la evaluación de la función directiva y recoge en su artículo 25.5 los ámbitos de desempeño de la misma sobre los que versa su evaluación.

Mediante la reforma propuesta de los ámbitos de desempeño de la función directiva, la futura Orden persigue “mejorar el procedimiento de selección, renovación y la evaluación de los candidatos, cuestiones claves para la profesionalización de la Dirección y, como consecuencia, lograr mejoras en los centros educativos” de las ciudades autónomas.

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