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Día Internacional del Niño

Los derechos humanos son normas básicas necesarias para vivir, sin las cuales las personas no pueden sobrevivir ni desarrollarse con dignidad. Son inalienables y universales. Las Naciones Unidas establecieron unas serie de normas comunes sobre los derechos humanos cuando aprobaron en 1948 la correspondiente Declaración Universal. Desde entonces, se han aprobado muchos instrumentos internacionales vinculantes que establecen principios y derechos, y que se han convertido en obligaciones jurídicas para todos los Estados que deciden vincularse a ellos. Entre los instrumentos de este marco internacional se encuentra la Convención sobre los Derechos del Niño.
En 1945, la Carta de las Naciones Unidas estableció las bases de la Convención sobre los Derechos del Niño, al exhortar a los países a promover y alentar el respeto por los derechos humanos y libertades fundamentales para todos. Se hizo hincapié en que “la maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y especial asistencia” y se definió a la familia como “elemento natural y fundamental en la sociedad”.
Durante el siglo XX se aprobaron varias Declaraciones de los Derechos del Niño, la última de ellas en 1959, en la que se reconocía que “la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle”. Pero las Declaraciones son manifestaciones de intenciones, no instrumentos jurídicamente vinculantes. Por ello se trabajó duro desde las distintas instituciones internacionales, para fortalecer el contenido de las Declaraciones, mediante la aprobación de Pactos o Convenciones, al objeto de dotarlos de fuerza de ley internacional, siendo una obligación jurídica y moral para los Estados y los individuos.
La lucha por los derechos de la infancia recorrió un largo camino, hasta que el 20 de noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad, el texto sobre la Convención de los Derechos del Niño. La Convención se transformó en un documento jurídicamente vinculante, ratificado inicialmente por 20 Estados. En la actualidad es ratificado por casi todos los Estados, convirtiéndose en el Tratado de Derechos Humanos más aseverado de la historia.
La Convención de los Derechos del Niño, establece fundamentos que es preciso convertir en realidad para que los niños y niñas desarrollen su pleno potencial y no sufran a causa del hambre, la necesidad, el abandono y los malos tratos. Los niños y niñas son titulares de derechos propios con independencia de su raza, religión, nacionalidad y familia, y la Convención ofrece una visión de ellos como individuos y miembros de una familia y una Comunidad, con derechos y responsabilidades apropiados a su edad y etapa de desarrollo, que es preciso defender, pues precisan de un cuidado y protección especial.
La Convención de los Derechos del Niño se considera el primer documento internacional jurídicamente vinculante, que incorpora toda la gama de derechos humanos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. La Convención establece estos derechos recogidos en 54 artículos y dos Protocolos Facultativos. Todos los derechos tienen la misma importancia y se encuentran mutuamente relacionados, siendo los más significativos los siguientes:
- Derecho a la Igualdad
- Derecho a la Protección.
- Derecho a la Identidad y a la Nacionalidad.
- Derecho a tener una casa, alimentos y atención.
- Derecho a la educación y a la atención al disminuido.
- Derecho al amor de los padres y la sociedad.
- Derecho a la educación gratuita y a jugar.
- Derecho a ser el primero en recibir ayuda.
- Derecho a ser protegido contra el abandono y la explotación.
- Derecho a crecer en solidaridad, comprensión y justicia entre los pueblos.
La Convención reconoce expresamente que la función principal en la correcta aplicación de estos derechos recae en lo progenitores, siendo estos los que deben proteger y favorecer el pleno desarrollo de sus hijos. Pero al mismo tiempo los Estados que han ratificado la Convención, deben ejercer esa protección de la infancia y establecer las garantías suficientes para que sean efectivas.
¿Qué podemos nosotros, para participar en el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño?
Todos y cada uno de nosotros tenemos una función que desempeñar, para asegurar que todos los niños y niñas disfruten de su infancia. Si usted es padre o madre, maestro, trabajador social o cualquier otro profesional que trabaje con niños y niñas, aumente el grado de información que éstos tienen acerca de los derechos que tienen reconocidos en la Convención. Si usted es miembro o empleado de una organización que trabaja a favor de los derechos de la infancia, aumente el grado de información sobre la Convención y sus Protocolos Facultativos, investigue y documente las medidas y políticas que toma el gobierno e incorporé en las comunidades en la promoción y protección de los derechos de la infancia. Si usted forma parte de los medios de comunicación, promueva el conocimiento y la comprensión de los derechos de la infancia y ofrezca un foro para la participación de niños y niñas en la sociedad. Si usted es un responsable político, asegure que todas las leyes existentes y nuevas, así como la práctica judicial, sean compatibles con las obligaciones internacionales de nuestro país, supervise las acciones políticas y de gobierno que se ajusten al contenido de la Convención de los Derechos del Niño. Todo el mundo puede participar en el respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos de la infancia, ….
Por ello, el Centro UNESCO de Ceuta, quiere participar, hoy 20 de noviembre, en la celebración del día Universal de los Derechos del Niño, promoviendo el conocimiento sobre el contenido de la misma. Adjuntamos a este artículo el texto de la Convención, al objeto de invitar a todos a su lectura y reflexión, con la esperanza de motivar la participación en protección de la infancia.
“Todos hemos sido niños alguna vez. Y todos deseamos por igual el bienestar de nuestros niños, que siempre ha sido y seguirá siendo el anhelo más universal de la humanidad”. Nosotros, los niños: examen de final de decenio de los resultados de la Cumbre Mundial en favor de la Infancia Informe del Secretario General de Naciones Unidas (A/S-27/3).

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