La Fiscalía ha trasladado al Juzgado de Guardia la denuncia presentada por MDyC sobre los mensajes racistas atribuidos a Vox aunque sus diputados hayan manifestado que están alterados. En el acuerdo señalado por el Ministerio Público, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se acuerda no solo formular denuncia contra los componentes del grupo ‘Gestora Vox’ -que tendrán que ser identificados- por un presunto delito de odio sino también solicitar autorización judicial para que la Policía Nacional investigue los teléfonos móviles de los dirigentes de la formación para buscar algún resquicio que pueda relacionarles con ese chat paralelo en donde se recogieron estos mensajes.
Esa localización de pruebas es determinante porque lo primero que quiere asegurar la Fiscalía es el origen de esos contenidos racistas, si no han sido manipulados y de qué teléfonos partieron esos comentarios. Eso puede saberlo la Policía disponiendo de los móviles de la cúpula de Vox, teniendo la encomienda de rastrear el origen y destino.
En el escrito de la Fiscalía se considera que tras el análisis de los mensajes contenidos en el Grupo, que salieron a la luz como motivo del abandono de dos diputados, se puede estar ante comentarios encuadrados en este tipo de delito que no son “comentarios tabernarios” ya que presuntamente proceden de representantes públicos.
Esos comentarios contienen frases como las de ‘vamos a tragar moros por cojones’, ‘la tercera guerra mundial tendrá que comenzar algún día y será contra el islam’ o ‘no es nada extraño que al final haya que combatir militarmente’.
Indica en sus fundamentos de derecho el Fiscal que los hechos son “indiciariamente” constitutivos de un delito de incitación al odio, que se castiga con pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses para quienes fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, entre otros.
En su argumentario la Fiscalía recoge distintos artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, entre otros, y puntualiza la necesidad de diferenciar la existencia de un trato desigual o discriminatorio de lo que se considera como delito de odio. Para esto último es necesario “que la acción u omisión solo pueda ser entendida desde el desprecio a la dignidad intrínseca que todo ser humano posee por el mero hecho de serlo. Supone, en definitiva, un ataque al diferente como expresión de una intolerancia incompatible con la convivencia”.
“Es por ello objeto de persecución las conductas que supongan una infracción de las normas más elementales de la tolerancia o convivencia, invadiendo la esfera de la dignidad propia de cualquier ser humano y que, como tales, deben ser consideradas como un ataque a los elementos estructurales y vertebradores del orden constitucional”.
En sus razonamientos Fiscalía alude a la abundante jurisprudencia que deja clara la diferencia entre el amplio margen existente para la libre expresión de ideas y opiniones amén de la crítica, aunque esta pueda ser desabrida o moleste, inquiete o disguste a quien se dirige. No obstante la libertad de expresión no es un derecho absoluto y en cada caso se debe realizar una adecuada ponderación que elimine cualquier riesgo “de hacer del Derecho Penal un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión, lo que resulta indeseable en el Estado democrático”.
El tribunal europeo de los Derechos Humanos también considera que la libertad de expresión no puede ofrecer cobertura al llamado discurso del odio, como apunta la Fiscalía en el escrito remitido al Juzgado de Guardia. “No existe sin embargo”, apunta, “una definición unívoca de lo que debe entenderse como discurso de odio o, en la terminología anglosajona, hate speech”. “Una delimitación hermenéutica del discurso del odio debe partir de la constatación de que este concepto presenta un origen y evolución fuertemente condicionados por la experiencia histórica de cada país. Existe un consenso generalizado en que la conciencia colectiva sobre las conductas de odio surge a partir de la Segunda Guerra Mundial y evoluciona como respuesta al fascismo, nazismo y antisemitismo”.
Fiscalía ha resumido en su informe la cantidad de interpretaciones y protocolos elaborados a nivel europeo para detectar los casos de odio, aunque reseña que el "discurso del odio no presenta unos contornos uniformes en los ámbitos nacional e internacional, tanto en la vertiente normativa como en la exigencia interpretativa sobre la mayor o menor publicidad de los actos o sobre la concreción de la relevancia o el peligro para la afectación del bien jurídico protegido". La indefinición “puede estar motivada por el hecho de que se trata de un concepto esencialmente valorativo que debe estar apegado a una realidad social cambiante”. A pesar de ello hay claves para detectarlo y entre ellas se encuentra la difusión de actos de menosprecio, descrédito o que inciten a la violencia; la relevancia de esa conducta si es susceptible de generar un riesgo y la motivación discriminatoria.
En el caso de marras, examinados los mensajes que a modo de pantallazo fueron colgados en distintos grupos de redes sociales y difundidos vía whatsapp, la Fiscalía considera que caben indicios que encajarían en ese delito.
Durante este jueves fueron detectadas varias pintadas contra Vox en diferentes puntos de la ciudad. Las que aparecieron de madrugada se detectaron en Claudio Vázquez pero por la mañana también se apreciaron otras en el Recinto. Pintadas críticas contra la formación o en concreto contra uno de sus diputados, a colación de la publicación de mensajes racistas que ya están siendo investigados por la Fiscalía.
En las pintadas se apreciaban términos como "muerto" o "fachas" además de alusiones directas a personas identificadas. La Policía ya tiene constancia de las mismas, al igual que se valora la presentación de denuncia por las amenazas que fueron vertidas en la sesión plenaria por parte de una persona que estaba en el público contra integrantes de esta formación.
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