Categorías: Opinión

Derecho al pataleo

Existe un grave error de bulto en la Carta Municipal concedida a Ceuta y Melilla a mediados de los 90, bajo el engañoso título de Estatuto de Autonomía. El primer artículo de aquel ‘bodrio’ engendrado a espaldas de ceutíes y melillenses desde las oficinas de Ferraz y Génova de Madrid por parte de PSOE y PP, debería haber sido más o menos el siguiente: Las ciudades de Ceuta y Melilla tendrán derecho al pataleo.
Durante años se nos ha vendido que el estatus en el que quedaban ambas ciudades tras concederles la Carta Municipal, era más o menos como el de dos pequeñas Comunidades Autónomas. Se nos ha vendido durante años que a las consejeras y consejeros que participan en los Consejos Territoriales se les trata igual que a los representantes de las Comunidades Autónomas, pero siempre se ha obviado que la participación de ceutíes y melillenses es por deferencia, por invitación, o como he dicho y escrito en más de una ocasión, por pena. A este tipo de reuniones acuden 17 de pleno derecho y 2 invitados; si algún día por cualquier motivo sólo se convocase a las 17 que lo son por pleno derecho, las 2 invitadas sólo tendrían el derecho al pataleo. Y por último, de un año a esta parte, se nos vende otro nuevo engaño: se nos dice que el tema nominativo no tiene importancia y es un tema ya superado.
Pongamos que esas Cartas Municipales se hubiesen denominado Estatuto de la Comunidad Autónoma de Ceuta y Estatuto de la Comunidad Autónoma de Melilla. Pues bien, en cualquier foro en el que se dice que tendrán participación los representantes de las Comunidades Autónomas, ceutíes y melillenses lo tendrían como miembros de pleno derecho.
Cuando los gobiernos de España y Marruecos se reúnen e invitan a representantes de las Comunidades Autónomas limítrofes, lo hacen Canarias y Andalucía. Cuando alguien de Ceuta o Melilla pregunta por qué estas dos ciudades no son invitadas, el gobierno responde “porque no son Comunidades Autónomas”. Ocurrió hace un año y vuelve a ocurrir ahora cuando el diputado por Melilla ha realizado esa pregunta ante la próxima celebración de la cumbre hispano-marroquí. Hace un año y también ahora, ceutíes y melillenses sólo tienen derecho al pataleo.
Sin duda alguna se produce un hecho diferenciador entre ceutíes y melillenses y los habitantes de cualquier Comunidad Autónoma. Sin duda alguna la importancia ‘nominativa’ es enorme, por mucho que algunos digan lo contrario con la única intención de confundir o distraer. Si fuésemos Comunidad Autónoma estaríamos en esa cumbre (o por lo menos tendrían que buscarse otra excusa más complicada de explicar). Si el tema nominativo no tiene importancia, no me explico qué dificultad existe en que Ceuta y Melilla sean denominadas Comunidades Autónomas, y si por cualquier motivo no se quiere alguna competencia aunque se contemple en el texto, pues no se solicita.
En definitiva, menos mentiras y más preocuparse por el futuro de este pueblo.

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