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La Policía interpone 112 denuncias por no llevar mascarilla desde que es obligatoria

Desde la entrada en vigor del nuevo decreto se ha visto incrementadas este tipo de sanciones

La Policía Local ha tenido más trabajo en los últimos días desde la entrada en vigor del nuevo decreto, en el que se reflejaba la obligatoriedad de portar mascarillas aun habiendo una distancia de 1,5 metros. En tan sólo cinco días, desde el pasado 23 de julio, los policías han acumulado un total de 112 denuncias por este hecho, con una sanción de 100 euros.

El Gobierno de Ceuta cambió la norma de las mascarillas y si anteriormente con distancia no era obligatorio, a partir del día 23 de julio si lo era. Eso ha provocado que las sanciones aumenten, sobre todo, porque los ciudadanos no cumplen el decreto.

Por las calles se siguen viendo en alguna ocasión, personas con mascarillas en la barbilla, otras con la mascarilla bajada y la nariz al descubierto y lo que es más de moda, la mascarilla en el codo. Todo eso está prohibido, así que la Policía Local está controlando la ciudad para que todos lleven correctamente las mascarillas.

En un principio, los policías avisaban del nuevo decreto pero en estos cinco primeros días han tenido que cumplir la norma y sancionar a más de 100 personas.

Las mascarillas son obligatorias para las personas de seis años en adelante en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros.

Por otro lado, no es necesario llevar la mascarilla en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. En cambio, para los desplazamientos y paseos en las playas y piscinas sí será obligatorio el uso de mascarilla.

La obligación del uso de la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la misma. Tampoco para aquellas personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

En el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre tampoco se exigirá su uso, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

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