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Denuncian a una farmacia por un desfalco de 60.000 euros a la Seguridad Social

La persona titular de una farmacia de Ceuta denunciada por la Fiscalía por un presunto desfalco de más de 50.000 euros a la Seguridad Social prestó declaración ayer en calidad de investigada ante el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de la ciudad.

Se enfrenta a una posible pena de cárcel entre 2 y 6 años y a una multa del tanto al séxtuplo de la cantidad supuestamente estafada a la administración por facturar medicamentos aprovechando errores en las recetas sin entregárselos a los pacientes.

La Inspección Farmacéutica estima que entre 2020 y 2022 la responsable de la botica en cuestión habría defraudado cerca de 400 envases de medicinas que habrían causado un daño económico a la Seguridad Social estimado en más de 50.000 euros.

La revisión se centró en los titulares de tarjeta sanitaria que concentraban un mayor volumen de dispensaciones o a lo que se expedían medicamentos con una frecuencia que no se corresponde con su posología habitual.

El expediente ha permitido constatar de forma preliminar que la farmacia investigada no bloqueaba cautelarmente aquellas prescripciones que no se ajustaban a lo normal de forma palmaria, algo que se suele realizar a través de la aplicación informática de Atención Primaria y Especializada.

Es decir, el establecimiento no actuaba cuando una receta prescribía, por ejemplo, la dispensación de una medicina de forma semanal cuando su posología habitual es cada seis meses, sino que simulaba su venta como si tal cosa, pero sin entregar tampoco los medicamentos a al menos todos los pacientes citados a declarar.

Las diligencias realizadas han permitido constatar que la documentación de facturación y dispensación no incluían errores que explicasen diferencias entre lo facturado y lo dispensado, pero además en las dependencias de la farmacia se han localizado medicamentos y productos sin precinto facturados al Sistema Nacional de Salud por un importe superior a 12.000 euros.

La defraudación se habría materializado a través de más de 400 envases de medicinas

De acuerdo con la testifical ofrecida ayer por la persona investigada, en su proceder incurrió en un “error” con la supuesta voluntad de hacer “acopio” de determinadas medicinas con el presunto interés de que no le faltasen a ninguno de sus clientes, aunque ni en plena pandemia no se registró falta de ninguno de los señalados, varios con un elevado coste unitario.

La denuncia de la Fiscalía atribuye a la persona responsable de la oficina farmacéutica un presunto delito contra la Seguridad Social de acuerdo con la redacción legal vigente desde hace ahora exactamente una década.

En dicho texto se introdujo, en cuanto a los delitos contra la Seguridad Social, una reforma del artículo 307 del Código Penal a los efectos de reducir a 50.000 euros la cuantía que establece “el tipo delictivo como condición objetiva de punibilidad”.

El legislador quiso atender a “la realidad social y económica” de la crisis anterior a la pandemia para poner de relieve la necesidad de “actuar, con mayor contundencia, frente a las conductas presuntamente delictivas y tramas organizadas que ponen en peligro la sostenibilidad financiera del Sistema de la Seguridad Social”.

La reducción de la cuantía del tipo delictivo se concibió para permitir que fueran objeto de punibilidad penal hechos que hasta entonces sólo eran sancionables administrativamente, pero sí “objeto de un contundente reproche social en momentos de especial dificultad económica en el ámbito empresarial como los actuales”.

Los medicamentos no llegaban a los clientes a los que se habían expedido con fallos

Ese artículo sanciona a “quien obtenga, para sí o para otro, el disfrute de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, la prolongación indebida del mismo, o facilite a otros su obtención, por medio del error provocado mediante la simulación o tergiversación de hechos, o la ocultación consciente de hechos de los que tenía el deber de informar, causando con ello un perjuicio a la Administración Pública”.

Como atenuante se contempla el que “a la vista del importe defraudado, de los medios empleados y de las circunstancias personales del autor”, los hechos “no revistan especial gravedad”. Como agravante, que el valor del desfalco sea superior a 50.000 euros.

En el caso que se investiga en la ciudad autónoma se entiende que se trataría de una modalidad agravada, ya que la defraudación alcanzaría de hecho un valor superior a 60.000.

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