Denuncian a Pérez Padilla por una presunta prevaricación administrativa

Un ceutí considera arbitraria y discriminatoria la denegación del Ingesa de la asistencia sanitaria a su esposa embarazada por ser originaria de Tetuán aunque residente en Ceuta.

Un ceutí ha presentado esta semana una denuncia contra el director territorial del Ingesa, Fernando Pérez Padilla, la subdirectora territorial de Asistencia Sanitaria, Ana Álvarez, y José López Oró, de la Unidad de Tramitación de la Gerencia de Atención Primaria, por un supuesto delito de prevaricación administrativa. El denunciante considera que el Ingesa tomó la decisión arbitraria y discriminatoria de denegar a su esposa embarazada la asistencia sanitaria en situación especial, al estimar que la mujer, originaria de Tetuán, no reside en Ceuta y por tanto no le asiste este derecho.
El demandante sostiene en su denuncia, a la que ha tenido acceso El Faro, que el instructor del expediente “a sabiendas de que la mujer tiene pasaporte de la provincia de Tetuán, toma una decisión prefijada en aplicación del Estado de Excepción ceutí, sin mostrar el menor interés en cerciorarse, siquiera, sobre la situación individual de la persona, y aún más, cargando a la solicitante con la demostración de un hecho (el vivir en Ceuta) que sólo puede ser demostrable al arbitrio del propio instructor”.
“Ha sido únicamente la voluntad del instructor, falsamente justificada en un documento amañado, la que ha denegado el acceso de la mujer al derecho a la asistencia sanitaria en situaciones especiales por ser extranjera embarazada a pesar de haber si aportada documentación extraordinaria”, recoge la denuncia presentada en el juzgado esta semana.
El denunciante solicita a la autoridad judicial que investigue su caso por si se pudieran depurar responsabilidades por un presunto delito de prevaricación administrativa al tiempo que solicita que, de manera cautelar, se conceda a su esposa el derecho a la asistencia sanitaria en situaciones especiales “debido al limitado plazo de gestación”.

Los argumentos
Los hechos se remontan al pasado mes de junio cuando la mujer ya embarazada solicita la prestación sanitaria que la Gerencia de Atención Primaria deniega más de un mes después. En el recurso, el matrimonio aporta un contrato de arrendamiento, una analítica tiroidea y una fotocopia del pasaporte de la mujer, además de otra documentación adicional.
En el documento en el que se deniega la asistencia sanitaria, destaca el denunciante en su escrito, el instructor alega que “dado que del informe de la Policía Local no se desprende claramente que la mujer se encuentre viviendo de forma permanente en Ceuta, puesto que sólo alude a lo que manifiesta verbalmente su marido, ni de la documentación aportada se pudiera entender esta circunstancia, sino más bien al contrario, al presentar un pasaporte que demuestra que entra y sale de esta ciudad a voluntad, no cabe asimilarla al colectivo de inmigrantes”.
El marido considera en su denuncia que el instructor justifica su denegación a que “debido a la situación geográfica de Ceuta, en la que hay un continuo flujo de extranjeros marroquíes de la provincia de Tetuán, básicamente sería imposible atender a los 1.400 nacimientos mensuales que se producen en la provincia marroquí, y ciertamente, así sería bajo la suposición de que absolutamente todas las tetuaníes embarazadas quisieran solicitar la asistencia sanitaria” en Ceuta. Supuesto que no se ajusta a la realidad. Pero para el denunciante, este argumento “abre la puerta bien para decretar un Estado de Excepción permanente en Ceuta bien para dictar una Ley de carácter local en cuyo espíritu reside limitar los derechos y libertades de los tetuaníes en Ceuta e imposibilitar su integración social”.

Evitar la picaresca
El propio demandante reconoce en su escrito de denuncia que lógicamente la Administración debe “protegerse” de cualquier picaresca, pero no por ello “discriminar a una persona por su pertenencia a un colectivo de cierta procedencia geográfica, mucho menos en meras especulaciones”, si bien esta asistencia sanitaria se prestaría en cualquier punto del país a una mujer extranjera embarazada.

Suposición de que la mujer cruza la frontera a diario

El demandante afirma en su denuncia, a la que ha tenido acceso El Faro, que el instructor “presupone en todo momento” que su esposa “vive en Marruecos y que pasa diariamente a Ceuta, salvo que, a su arbitrio, decida lo contrario”. Además, en la denuncia se aporta una copia del pasaporte de la mujer completo, que no consta en el expediente administrativo del Ingesa a pesar de que fue entregado por la mujer. “De las páginas del pasaporte valoradas en el trámite figuran únicamente 15 páginas de las 38 destinadas a visado y de las páginas existentes en el expediente 3 de ellas se encuentran sin sellar y otras tres tienen un único sello, hecho extremadamente anormal para una persona tan habituada a entrar y salir de Ceuta”, alude.
El denunciante asegura en su denuncia que “una vez aportada la documentación para la tramitación del expediente, el señor López Oró no hace entrega de copia de la misma, por lo que se desconoce si es el propio señor López Oró quien decide no compulsarlas y anexarlas al expediente o simplemente se decide no tomarlas en cuenta a posteriori”.

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