El Juzgado de lo Penal 2 dejó ayer visto para sentencia el litigio entre dos socios de una empresa de trabajos en altura que, según la acusación particular, uno de ellos se llevó a su recién creada sociedad cinco trabajadores y una cartera de clientes en detrimento de la comunidad de bienes que tenían en común.
La defensa sostiene la inocencia de su cliente, pues la empresa que creó fue posterior a la disolución de la comunidad de bienes que, incluso el Ministerio Fiscal, consideran que si no se hizo correctamente la vía penal no es la jurisdicción apropiada para depurar las discrepancias entre los socios de la desaparecida entidad mercantil que ambos litigantes tenían. Aún así, la acusación particular mantuvo su petición de pena de un año de cárcel y una indemnización de 39.095 euros por un delito de administración desleal o de apropiación indebida.
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