Noticias

Denegada la nacionalidad al no justificar "suficiente integración"

La Sección 4 de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por la representación letrada de una marroquí residente en Ceuta a la que se le denegó la concesión de la nacionalidad. La AN considera “ajustada a Derecho” la resolución del Ministerio de Justicia. Contra esta sentencia se puede presentar recurso de casación. Dicha resolución se ampara en la falta de justificación “del grado de integración” suficiente “en la sociedad española”, ya que “en el informe de integración consta que durante la entrevista reservada se pudo comprobar que la solicitante habla y comprende el español con dificultad y desconoce las instituciones y costumbres españolas”, se recoge en sentencia. Además, se constata que, a pesar de vivir desde hace diez años en España, “habla y comprende el español con dificultad”. “En lo que concierne al conocimiento de las instituciones esenciales del reino, geografía básica, instituciones o costumbres, no ha contestado con el mínimo rigor exigible las más elementales cuestiones como son las relativas a las instituciones parlamentarias y de la geografía política del Estado, lo que se ha de unir al escaso conocimiento del idioma común”, apunta.

Formación que no es suficiente

La demandante argumentó que está matriculada en el centro Miguel Hernández, habiendo aprobado las asignaturas del primer curso en materias como ámbito de comunicación, competencia matemática o desarrollo e iniciativa personal y laboral. Un argumento con el que justificaba la formación para acceder a la obtención de la nacionalidad. “Sin duda”, se recoge en sentencia, “tras su formación la recurrente podrá acreditar un suficiente grado de integración en la sociedad española, pero en el momento actual no está acreditada”, zanja la Audiencia. El Tribunal Supremo recoge que la justificación del suficiente grado de integración en la sociedad por parte del solicitante de la nacionalidad exige el conocimiento por parte del interesado del idioma español en grado suficiente no ya solo para entenderlo sino también para hablarlo y entablar relaciones sociales adecuadas y eficaces con arreglo a los estándares de convivencia usuales”. De hecho “el analfabetismo, es decir no saber leer ni escribir español, no es una razón que determine inevitablemente la denegación de la nacionalidad, cuando el solicitante entiende y puede comunicarse en este idioma”. En este caso la demandante no conoce el español y además demuestra un “escasísimo conocimiento de las instituciones esenciales” del país y las costumbres.

Ver comentarios

  • Anda que no habría que quitar pasaportes y dnis...si es por falta de integración, que no quede.😂🤦‍♂️

  • El estado español,exige muy poco para dar la nacionalidad. Lo cual hace que la gente la valore poco.

Entradas recientes

Tres detenidos por lesionar a un menor, lo ataron con cadenas

Funcionarios adscritos a la Brigada Provincial de Policía Judicial de la Jefatura Superior de Ceuta…

24/06/2024

Solventada la avería de la máquina que analiza la droga

La avería detectada en el cromatógrafo de gases, que impidió que se celebraran semanas atrás…

24/06/2024

El cheque libro no se da hasta septiembre, Ceuta Ya! lo tilda de "chapuza"

Ceuta Ya! ha arremetido contra el cheque libro dispensado por el Gobierno local, que no…

24/06/2024

El Ingreso Mínimo Vital para padres con dos hijos alcanzará los 967 euros

El Ingreso Mínimo Vital ya es una realidad en muchos hogares de Ceuta y del…

24/06/2024

Nuevo vallado en Ceuta

Desde hace años existe un vallado que nos separa del país vecino y evita esos…

24/06/2024

China construye en Marruecos una cadena de suministro de baterías de coches eléctricos

China está construyendo una cadena de suministro de baterías para vehículos eléctricos (BEV) de Europa…

24/06/2024