Marruecos

Denegada la extradición de un marroquí por tráfico de personas en zódiacs

Cada embarcación transportaba entre 50 y 60 personas, que abonaban más de 1.800 euros cada una

La Audiencia Nacional ha rechazado la entrega a Marruecos de un ciudadano marroquí detenido en Pola de Siero (Asturias), cuya extradición había sido solicitada por las autoridades del país norteafricano al considerarlo presuntamente vinculado a una red dedicada a la inmigración ilegal, según informa La Nueva España.

Según la petición cursada por la monarquía alauita, el reclamado formaría parte de un entramado que introducía a personas en embarcaciones tipo zodiac a cambio de pagos que podían alcanzar los 20.000 dirhams, una cantidad superior a los 1.800 euros.

El tribunal considera, sin embargo, que la solicitud marroquí no aporta hechos concretos que justifiquen la extradición. El procedimiento fue incoado por el Juzgado Central de Instrucción número 4 el pasado 9 de junio, tras recibir una comunicación de Interpol en la que se informaba de la detención, ese mismo día en Pola de Siero, de un ciudadano marroquí de 43 años, natural de Tazaghine, en el Rif oriental.

La detención se produjo en virtud de una orden internacional emitida por Marruecos para su enjuiciamiento por delitos de organización criminal y tráfico de personas, castigados con penas de hasta cinco años de prisión.

La solicitud de extradición se apoyaba en un acta elaborada por la Policía Judicial de Nador a partir de informaciones de los servicios de seguridad sobre la existencia de una banda criminal dedicada a la organización de la emigración ilegal.

Lograron incautar un camión cargado de zodiacs

En el marco de esa investigación, los agentes identificaron a tres presuntos miembros del grupo y lograron incautar un camión cargado con zodiacs que iban a ser entregadas a un cuarto implicado.

Este último fue detenido y, en su declaración, manifestó que se dedicaba a organizar la inmigración ilegal. Inicialmente, según su testimonio, compraba zodiacs en Casablanca para venderlas posteriormente a otras personas que desarrollaban la misma actividad.

Más tarde habría comenzado a operar por su cuenta, con la ayuda de otros dos individuos, realizando varias operaciones de inmigración ilegal sin concretar el número de personas trasladadas. Cada embarcación transportaba entre 50 y 60 personas, que abonaban entre 15.000 y 20.000 dirhams cada una. También afirmó que suministraba zodiacs a dos hermanos, uno de los cuales sería el detenido en Pola de Siero.

Otro de los implicados señaló que, a través de su actividad en la organización de la emigración ilegal, conoció a otras personas dedicadas a lo mismo desde las costas de la provincia de Driouch, entre ellas el marroquí arrestado en Asturias, quienes obtenían las zodiacs a través del primero de los detenidos.

Posible prescripción de los delitos

La Fiscalía se opuso a la extradición, en primer lugar por la falta de concreción de los hechos que se atribuían al detenido en Asturias y, en segundo término, por la posible prescripción de los delitos.

La sección tercera de la Audiencia Nacional comparte esta valoración y subraya que el relato de hechos se limita a atribuir al reclamado una supuesta dedicación a la emigración ilegal desde la provincia de Driouch mediante el uso de zodiacs, sin especificar si actuaba solo o de forma organizada, las fechas de las operaciones, el número de personas transportadas o las condiciones de las embarcaciones.

El tribunal añade que no existe una imputación de hechos concretos que puedan contrastarse para determinar su encaje en los delitos contra los ciudadanos extranjeros previstos en el Código Penal español, lo que impide cumplir el requisito de la doble incriminación exigido por el Convenio. Incluso en el supuesto de que los hechos pudieran encajar en alguno de los tipos básicos, la pena máxima prevista sería de un año de prisión, inferior al mínimo de dos años exigido para acordar la extradición.

Además, la Audiencia Nacional señala que tampoco es posible valorar la prescripción de los delitos al no especificarse las fechas de los hechos imputados. Por todo ello, concluye que la extradición solicitada por Marruecos debe ser denegada.

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