Noticias

La Delegación recurrirá al TSJA el pago en su Plan de Empleo del Convenio

La Abogacía del Estado ha concluido que es procedente recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) los veredictos emitidos por el Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta que, dando la razón a los postulados de CGT, ha sentenciado que la Delegación del Gobierno debería haber abonado a los beneficiarios del penúltimo Plan de Empleo las retribuciones previstas en el IV Convenio Único de Personal Laboral de la Administración General del Estado, por lo que ha condenado a la institución de la Plaza de los Reyes a indemnizar a los que han judicializado sus sueldos con un mínimo de casi mil euros.
Para la jueza las razones alegadas por la Delegación en primera instancia “no justifican, ni pueden ser consideradas como una razón objetiva para que los trabajadores del Plan de Empleo perciban un salario inferior, por la exclusión de la aplicación del convenio debatido, respecto a aquellos otros que dentro de la misma categoría profesional; con la misma cualificación profesional, desarrollen una idéntica prestación, bajo la dependencia de la Administración General del Estado de forma indefinida”.
Desde su punto de vista, “el hecho de que el trabajador sea desempleado de larga duración, y que dichos contratos tengan como última finalidad que se adquiera la suficiente experiencia como para lograr su incorporación definitiva al ámbito laboral, no puede ser tenida en cuenta para justificar un desigual trato salarial”.
Además, los veredictos estiman que “la contratación de personas en situación de desempleo es lo que se produce habitualmente en la contratación laboral, y porque los contratos previos son incluidos por los trabajadores que quieren acceder a un puesto de trabajo en su currículum vitae para que la empresa lo valore positivamente a tenor de dicha experiencia”.

Al menos 5 euros diarios

“Si la Administración no ha aplicado el IPREM para efectuar el cálculo de los salarios; ni ha utilizado como criterio el SMI, a tenor de la cuantía del mismo y lo abonado a los trabajadores; si tampoco ha aplicado el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos; nos encontramos con un grupo de trabajadores a los que se les ha aplicado unos salarios que no se encuentran fijados o referidos en norma alguna”, ha concluido la magistrada.
En el caso de la categoría más baja, el salario diario con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias que correspondería a los trabajadores a los que se les aplica el convenio y que están integrados en el grupo E0 era de 41,8 euros, pero la Delegación pagó 36,68. En los niveles superiores la indemnización a abonar será superior.

Entradas recientes

Dos menores marroquíes salvan la vida a un adolescente en el mar

La vida se reduce en el fondo a una pura carambola, a que haya personas…

27/05/2024

Llamamiento a la “calma” ante los precios de los corderos

El delegado de la Comisión Islámica de Ceuta, Hamido Mohamed, ha hecho un llamamiento a…

27/05/2024

Cáritas organiza un concierto benéfico por el día del Corpus Christi

Cáritas Diocesana junto a la Asociación Cultural Banda de Música Ciudad de Ceuta han organizado…

27/05/2024

Feria del Libro: un encuentro con Lucía Chacón y marionetas para los niños

La Feria del Libro de Ceuta ha iniciado la semana desarrollando su programación de forma…

27/05/2024

Ceuta consigue un bronce en el Nacional junior de taekwondo

El taekwondo ceutí está de enhorabuena, después de la brillante actuación realizada en tierras alicantinas,…

27/05/2024

Más de 60 inscritos para las 3 competiciones del Acuatlón Ciudad de Ceuta

El pasado día 26 se cerró el período de inscripción tras casi dos meses de…

27/05/2024