Defensa estudiará quitar la exigencia de permiso previo para viajar a la Península

La Asociación de Militares de Tropa y Marinería defenderá mañana en el COPERFAS la revisión de la norma que, desde enero, exige "solicitar la correspondiente autorización" para poder cruzar el Estrecho. Ya se ha expedientado a soldados de la guarnición.

El Ministerio de Defensa ha aceptado incluir en el Orden del Día de la reunión del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS) que se celebrará mañana una propuesta formulada por la Asociación de Militares de Tropa y Marinería (AMTM) para que se proceda a la "revisión" de la Norma de Aplicación Interna (NAI) dictada en enero por la Comandancia General de Ceuta (COMGECEU) que impone a los efectivos de la guarnición local la obligación de "solicitar la correspondiente autorización para salir fuera de la Plaza a la Península Española" sea cual sea el motivo de su viaje.
Hasta ahora tal cosa solo era preceptiva cuando el destino del soldado estaba fuera de territorio nacional, por ejemplo en Marruecos.
Según el presidente y vocal en el COPERFAS de la AMTM, Antonio Martínez, la nueva instrucción, que ya ha motivado la apertura de "varios expedientes" a militares que no pidieron autorización previa para desplazarse al otro lado del Estrecho "para acudir a consultas médicas, por ejemplo", contraviene "tanto la letra como el espíritu del artículo 19 de nuestra Constitución, que establece que 'los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional".
En declaraciones a 'El Faro', Martínez ha tildado de "anacrónico" y de "delirante" un requerimiento que, "por la aplicación restrictiva que se está realizando de la misma y su falta de actualización con los criterios de la normativa legal vigente", está "afectando de modo grave a todos los militares de la plaza en general y a los de las Escalas de Tropa y Marinería en particular".
A ojos de la AMTM la norma de la COMGECEU "adolece de errores formales y materiales importantes, confunde conceptos (utiliza el término 'Destino' asimilándolo a toda la Plaza Militar) y limita la movilidad del militar dentro del territorio nacional cuando sólo debería regular, que no limitar, el lugar donde el militar puede fijar su residencia habitual".
"Se hace referencia a que los jefes de Estado Mayor podrán establecer criterios que determinen el personal que deba estar presente en las unidades, centros u organismos pero no conocemos ninguna normativa suya que dispusiera algún tipo de restricciones en este sentido", añaden desde la AMTM.
La Asociación pedirá que se acuerde la "suspensión cautelar" de su ejecución y se inicie "de modo inmediato" la revisión de la norma por entender que la misma es "contraria a Derecho" y que "se sustenta en normativa legal que contradice la vigente, interpreta restrictivamente la misma y genera perjuicios de imposible reparación a los militares afectados".
Además, aboga por la creación "inmediata" de una mesa de trabajo que, partiendo de la Orden DEF/253/2015, genere una norma específica de aplicación exclusiva en las Plazas de Ceuta y Melilla que recoja las circunstancias especiales que ha de soportar del personal destinado en esta plazas en todo lo relativo a movilidad, régimen de compensación de servicios especiales, domicilio y disfrute de vacaciones y asuntos propios, y articule los medios para la adecuada compensación de las mismas".
Dicha mesa debería encargarse también, a juicio de la AMTM, de "elaborar un informe que permita al Ministerio aplicar las medidas oportunas para que el personal afectado no vea en modo alguno limitados sus derechos fundamentales como ciudadanos ni como empleados públicos, así como que se articulen los medios para dotar a las referidas plazas del personal necesario para que en las mismas el régimen de vida del personal militar sea el adecuado".
En la misma línea, propone que "cuando las peculiaridades de ambas plazas así lo requieran" Defensa "articule los medios para facilitar a los militares y a sus familias el adecuado cumplimiento de las limitaciones que el servicio le imponga, respetando en todo momento el derecho que todo militar tiene a una adecuada conciliación familiar y laboral".

Derechos y libertades, régimen de personal y condiciones de vida

El Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas es el órgano en el que participan las asociaciones profesionales de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Administración “en materias relacionadas con el estatuto y la condición de militar, el ejercicio de los derechos y libertades, el régimen de personal y las condiciones de vida y trabajo en las unidades”. Este año lo integran representantes del Ministerio (Subsecretaría de Defensa, Secretaría General Técnica, Mando de Personal del Ejército de Tierra, etcétera) y la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), la Asociación de Tropa y Marinería Española (ATME), la Asociación de Militares de Tropa y Marinería (AMTM) y la Unión de Militares de Tropa (UMT).

No a los permisos fuera de verano o fiestas laicas

La Asociación de Militares de Tropa y Marinería (AMTM) opina que, atendiendo a la legislación vigente, “no puede establecerse como norma general la denegación de permisos fuera de estación estival o fiestas laicas”, por lo que la restricción en estos términos dictada en la NAI 15/2016 de enero pasado de la COMGECEU sería “totalmente contraria a Derecho”. “Se hace especialmente llamativo el punto que establece que el disfrute del permiso no consumido cuando termine el periodo anual podrá producirse hasta en los seis meses posteriores del año en curso, lo que da una idea clara del volumen de denegaciones de disfrute de permiso oficial que se vienen produciendo en Ceuta, así como del volumen ingente de servicios que en esta plaza se establecen”, subraya la Asociación en el escrito que ha dirigido al COPERFAS, en el que razona que “entendemos que esta norma viene motivada por la inexistencia de efectivos en Ceuta que puedan sostener tan excesivo plan de adiestramiento y de servicios y que la sostenibilidad de los mismos se hace recaer básicamente en el personal de las escalas de tropa y marinería en detrimento de los derechos que legalmente tienen reconocidos por normas de rango superior”.

 

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