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El nuevo decreto que permite abrir las pistas de baile ya es oficial

El nuevo decreto adaptado a la situación de alerta cero entra en vigor hoy, después de que ya haya sido validado por el Alto Tribunal y publicado en el BOCCE, concretamente en la edición extraordinaria Nº82. Tal y como informó El Faro de Ceuta días atrás, entre las novedades se incluye, tal y como deslizó el portavoz del Ejecutivo, Alberto Gaitán, la apertura de las pistas de baile. Estas medidas pueden consultarse de forma íntegra a través del mencionado boletín que puede descargar aquí. Las restricciones se vienen rebajando en diferentes ámbitos. Por ejemplo, en el de la restauración y hostelería ya no existen límites de horarios en tanto que la situación sanitaria, ahora mismo sin ningún caso de contagio por Covid-19 según los últimos reportes, así lo permite. Además, en lo relativo a las restricciones en el aforo, estas se han anulado siempre y cuando se pueda mantener la distancia de seguridad. Esta medida es extensible al consumo que se lleva a cabo en la barra de los establecimientos hosteleros. Los comensales se mantienen en doce por mesa, pero en el interior se permite hasta diez, cuando en el anterior decreto eran 8. No se autoriza el consumo de tabaco u otros productos relacionados si no se puede mantener la distancia de los 2 metros de separación. En el ocio nocturno, uno de los sectores más castigados en la pandemia, es donde se producen las mayores novedades. La principal: se abren las pistas de baile pero con uso de mascarillas, distancia de seguridad y sin consumir bebidas. El aforo interior se mantiene en el 65% mientras que en el exterior es el máximo autorizado por la normativa. Sanidad sigue manteniendo tanto en hostelería como en ocio nocturno la petición de la identidad a los clientes. En los hoteles y alojamientos no hay cambios al igual que en la vía pública, donde se prorroga la prohibición de fumar si no se respeta la distancia interpersonal y se mantiene la prohibición del botellón, algo que ya de por sí está prohibido en las ordenanzas. Los comercios carecen de limitación de aforo siempre que se mantenga la distancia y en los locales de juego y apuestas sí que se aumenta, eliminándose la restricción del 65% que había en el interior. Tampoco habrá limitación de personas por mesa -en el anterior decreto eran 8-. En la actividad deportiva federada, se permite como máximo hasta el cien por cien del aforo cuando es al aire libre y hasta el 80% en lugares cerrados -hasta ahora era el 60%-. En los entrenamientos hay que mantener la distancia de seguridad, echándose mano del acuerdo de 29 de septiembre.

Aumentan los comensales por mesa dentro de los locales de hostelería

En las ceremonias religiosas se sigue exigiendo guardar distancia interpersonal, así como uso de mascarillas y de higiene. En las bibliotecas el aforo es ya del cien por cien. En el campo de las celebraciones hay cambios también, en ese camino por ir relajando medidas. En el interior el aforo se eleva al 80% y en el exterior se permite la asistencia del máximo: que son más de cien personas. Las mesas en el exterior pueden ser ocupadas por doce personas y en el interior por diez, antes eran 8. Se permite baile y en el caso de que haya una actuación musical, solo se puede hacer en el exterior y con distancia de 5 metros con el público. En el caso de los espectáculos, en locales cerrados pueden hacerse respetando el aforo de la sala y cuando sean conciertos al aire libre se dejarán con 40 integrantes en la orquesta, reducidos a 35 si es en espacios cerrados. En las residencia se sigue igual, con el personal vacunado o, con recomendación, PCR dos veces por semana ya que no cabe obligación por ley.

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