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Declaración de la Renta: ¿Cómo usar el Asistente Virtual de la Agencia Tributaria?

Se trata de una herramienta interactiva diseñada para formular preguntas sobre este impuesto y obtener respuestas personalizadas de manera ágil

La llegada de la campaña de Renta viene acompañada de un sinfín de dudas entre los contribuyentes, incluyendo los vecinos de Ceuta. Pero, para facilitar esta tarea, la Agencia Tributaria pone a disposición de quien lo necesite el Asistente Virtual de Renta, una herramienta interactiva diseñada para formular preguntas sobre este impuesto y obtener respuestas personalizadas de manera ágil.

En pocas palabras, este asistente se presenta como un canal de comunicación directa que utiliza sistemas de Inteligencia Artificial para lograr un mejor entendimiento y clasificación de las consultas realizadas por los ciudadanos.

Si bien se advierte que la tecnología no sustituye el criterio humano, la Agencia Tributaria deja saber que todas las respuestas que proporciona el sistema han sido redactadas por personal cualificado, lo que se traduce en un alto nivel de rigor en la información.

En concreto, este servicio está diseñado para cubrir tanto aspectos generales del IRPF como cuestiones más específicas.

Por ejemplo, si una persona desarrolla una actividad económica, el asistente puede orientarla sobre la determinación del rendimiento, así como las obligaciones fiscales que le corresponden según la normativa vigente.

Herramientas complementarias

Pero, si tras consultar al asistente aún el contribuyente necesita profundizar en algún tema, el sistema ofrece alternativas adicionales:

  • Informador de Renta. Esta herramienta permite navegar a través de diversas opciones y filtros hasta dar con la respuesta exacta que buscas
  • Chat de la Administración Digital Integral (ADI). Para una atención todavía más cercana, puedes acceder a un chat atendido por especialistas de la Administración, quienes resolverán tus dudas en tiempo real.

Consejos para realizar las consultas

Para obtener el máximo provecho de esta herramienta de la Agencia Tributaria, se recomienda formular las preguntas describiendo los detalles de la consulta mediante frases concretas.

Y es que el sistema está optimizado para procesar solicitudes específicas.

Consideraciones legales importantes

Es fundamental tener en cuenta que la contestación obtenida a través de estos medios digitales tiene un carácter de mera información.

Es decir, el objetivo es orientar al contribuyente durante la Declaración de Renta, pero no constituye una resolución oficial vinculante. Si una persona necesita plantear una consulta que tenga validez jurídica frente a la administración, deberá dirigirte formalmente a la Dirección General de Tributos para presentar una consulta tributaria escrita vinculante.

El Asistente Virtual de IRPF se consolida como un aliado para poder afrontar las complejidades tributarias, ofreciendo claridad y apoyo técnico a solo unos clics de distancia.

Fechas clave de la Campaña de la Renta

Hay que recordar que inicio de la Campaña será el 8 de abril para presentarla de manera online, esta modalidad podrá realizarse hasta el 30 de junio de 2026.

Ya desde el 6 de mayo, también hasta el 30 de junio, se podrá presentar a través del teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 29 de junio).

Para concertarla debes entrar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, o bien, llamando a los siguientes teléfonos: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 (teléfono automático) o 91 553 00 71 / 901 22 33 44 (servicio de cita para Renta).

A partir del 1 de junio, las personas que quieran hacerlo de manera presencial, tendrán la oportunidad de hacerlo. La Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de renta 2025 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio).

Por otra parte, el 25 de junio será la fecha para presentar las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta y el 30 de junio será el último día para presentar las declaraciones y fecha final de la misma. De esta manera, la campaña finalizará el lunes 30 de junio, salvo en el caso de las declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria, cuyo plazo concluye el miércoles 25 de junio.

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