Opinión

El Cuerpo de Suboficiales Legionarios

Celebrado este año actual el L Aniversario de la creación de la Escala de Básica de Suboficiales, sea este artículo un homenaje al Cuerpo de Suboficiales de La Legión integrados en esta Escala.

Corría el año 1920 cuando el Teniente Coronel D. José Millán Astray Terreros recibe la orden de organizar una Unidad voluntaria para destinar en África creándose el Tercio de Extranjeros siendo designado su primer Jefe y su primera unidad táctica, la 1ª Bandera “Borgoña” al mando del comandante D. Francisco Franco Bahamonde.

En su regla de organización se describía la Unidad, y en su artículo 12 expresaba que en el período de organización de la primera Bandera, el cincuenta por ciento de los suboficiales, sargentos y cabos que figuran en las plantillas de la misma y Plana Mayor del Tercio, procederán de los Cuerpos de Infantería del Ejército, y las restantes vacantes de estos empleos se cubrirán con individuos del Tercio, que reúnan las debidas condiciones.

"Las divisas de los empleos recién creados serian para el sargento 1º, la misma que el Sargento con la adición de de un galón dorado para las Armas en forma de ángulo con el vértice hacia arriba y para el subteniente, una estrella de cinco puntas dorada para las Armas"

En su articulado 13, el destino del personal se efectuará con arreglo a la siguiente norma, los suboficiales, sargentos y cabos del Arma de Infantería podrán, a partir del día de la publicación de esta real Orden, solicitar las vacantes que se expresan en la regla anterior.

Siendo su Presidente Manuel Azaña, el Gobierno sanciona la Ley que crea el Cuerpo de Suboficiales del Ejército, en la que su artículo 2º promulgaba que los empleos que conformaban este Cuerpo serian: Sargentos primeros, Brigadas, Subayudantes y Subtenientes.

Sin embargo la recluta del Tercio no variaba indicándose que los suboficiales, reemplazaran su empleo por los que se han creado en el nuevo Cuerpo de Suboficiales, pero sin formar parte del mismo.

El Ministerio de la Guerra publicaba una Circular fijándo la plantilla en un subteniente, seis subayudantes, 14 brigadas y 30 sargentos primeros y el resto hasta completar los cuadros de la plantilla orgánica del Tercio se cubriría con suboficiales del Arma de Infantería, debiendo causar baja en las unidades que se encontraran destinados.

En el Congreso de Los Diputados de la Carrera de S. Jerónimo, representando a la ciudad de Ceuta, el Sr. D. Tomas Peire Cabaleiro (Diputado del Partido Radical, comandante de Estado Mayor (retirado) y abogado de profesión) realizaba una proposición de ley sobre la creación del Cuerpo de Suboficiales del Ejército que se reflejaría en el diario de sesiones de las Cortes Constituyentes n.º 368 con el título de Proyecto de Ley del Cuerpo de Suboficiales del Tercio, plasmándose la siguiente proposición de ley en un artículo único: “Se crea en el Tercio el Cuerpo de Suboficiales, con los mismos empleos, funciones, divisas y sueldos que los del Cuerpo de Suboficiales del Ejército, sin que por ningún concepto puedan pasar a formar parte de este último”.

Escudo AGBS.

Firmaban esta proposición el diputado D. Tomás Peire Legorburu y quince disputados más en las Cortes un seis de julio de 1933.

Después de pasar el trámite reglamentario, las Cortes decretaban y sancionaban la siguiente LEY con el siguiente artículo: Se crea en el Tercio el Cuerpo de Suboficiales, con los mismos empleos, divisas, sueldos y derechos que los del Ejército, sin que por ningún concepto puedan formar parte de éste fuera del Tercio.

Al finalizar el año de 1933, se disponía que los actuales suboficiales procedentes de la escala voluntaria del Tercio pasaran a formar parte del Cuerpo de Suboficiales del Tercio con los mismos empleos, derechos, divisas y sueldos que aquellos, a partir de la lista de revista de Comisario de septiembre.

Quedaba restablecida la recluta voluntaria en el Tercio, en las condiciones que determinaba la orden circular de 7 de junio de 1928 fijando el numero de suboficiales necesarios para la Plana Mayor de 1 subteniente y 1 sargento primero y para las 2 Legiones (a 3 Banderas cada Legión) de 2 subtenientes, 14 sub-ayudantes, 26 brigadas y 56 sargentos primeros.

La nueva Ley de Tropa y Suboficiales sancionada por el Presidente de la República realizaba cambios la Escala de Suboficiales, estando integrada por los empleos de Sargentos, Brigadas y Subtenientes.

Se promovería al empleo de Sargento, procedentes de la recluta voluntaria del Tercio, a los cabos del Tercio por ser los más antiguos de su escala, estar aptos y existir vacantes, causando alta administrativa en el mes de noviembre.

Una circular que dejaba sin efecto lo publicado anteriormente en 1924, indicaba que los subtenientes del Tercio de Extranjeros podrán ascender a oficiales con la denominación de sus empleos de Alférez de Tercio, Teniente de Tercio y Capitán de Tercio. El nombramiento de estos oficiales será extendido por el Ministerio de la Guerra cuando hubieran adquirido la nacionalidad española en caso de ser extranjeros.

Año de 1936, en España se inicia una guerra civil y al no haberse podido aplicar la ley de 5 de diciembre de 1935 en la que desaparecía el empleo de subteniente en el Ejército, quedaba suprimida en La Legión la categoría de subteniente disponiéndose que todos los subtenientes del Tercio que fueran necesarios se les confiera el empleo de alférez legionario con antigüedad de 1 de abril de 1939, con los derechos, consideraciones y prerrogativas y con efectividad en el empleo en la fecha de esta disposición y automáticamente ascendidos a teniente de La Legión con antigüedad de 1 de abril de 1940.

Distintivo AFML.

Surge una nueva reorganización de La Legión, disponiéndose que El Tercio se llamara en lo sucesivo Legión y sus actuales Legiones y aquellas que se pudieran crear, se denominaran Tercios fijándose en plantilla el número de Suboficiales necesarios para su empleo estando compuesto por 5 Subtenientes, 5 Brigadas y 46 Sargentos.

El ingreso en el Cuerpo de Suboficiales de La Legión seguirá ajustándose a lo establecido al reglamento aprobado por Ley de cinco de diciembre de 1935 (Diario Oficial núm. 284).

Se creaba en el Cuerpo de Suboficiales legionarios, al igual que en el resto de Cuerpos de Suboficiales los nuevos empleos de Sargento Primero y Subteniente, estando los empleos de Suboficiales compuestos por Sargento, Sargento primero, Brigada y Subteniente.

Las divisas de los empleos recién creados serian para el sargento 1º, la misma que el Sargento con la adición de de un galón dorado para las Armas en forma de ángulo con el vértice hacia arriba y para el subteniente, una estrella de cinco puntas dorada para las Armas.

Con el paso del tiempo, se creaba la Escala Básica de Suboficiales y con ella su Academia General en la localidad de Talarn (Lérida). Esto supuso la desaparición de todas las escalas del Cuerpo de Suboficiales con excepción de la Escala legionaria, modificándose las condiciones de aptitud para el ascenso de los suboficiales, reuniéndose las condiciones que la Ley 13/74 establecía.

Por medio de la Instrucción General 13/81 (1ª División), se creaba la Academia de Formación de Mandos Legionarios (A.F.M.L.) para la preparación de los futuros Oficiales y Suboficiales legionarios que exigía el Reglamento del Cuerpo de Oficiales legionarios. En ella realizaría el curso de promoción para el ingreso en la Escala legionaria de los cabos primeros para obtener el empleo de sargento legionario, curso de perfeccionamiento para el ascenso al empleo de brigada legionario y de promoción para el ascenso a teniente legionario.

La idea, impulsada por el general Subinspector de La Legión D. Tomas Pallas Sierra, contaba con el apoyo del Ministro de Defensa y del Jefe del Estado Mayor del Ejército decidiéndose que dicha Academia tuviera dependencia directa de este ultimo teniendo su sede en el Cuartel de la Concepción (Ronda-Málaga-) siendo su primer Director del centro el teniente coronel D. José Carranza Manzano y su primer Jefe de Estudios el comandante Sánchez Hernández iniciando su andadura oficialmente en el curso académico del año 1983.

Adoptaría el antiguo Guión de la XIª Bandera, compuesto por recuadro en fondo azul con el emblema de La Legión, subrayado por tres barras doradas y una roja (32 años de servicios) que acreditaba la antigüedad del comandante Tiede perpetuando así su memoria y en ambas caras, orla amarilla con el emblema de La Legión en ángulos exteriores y flecos de oro. Este Guion sería donado por la Cofradía de Nuestro Padre Jesús de Arriate (Málaga).

Por Orden de la Subinspección de La Legión, la Academia de Formación de Mandos Legionarios (A.F.M.L.) recibiría la denominación “Comandante Tiede” como homenaje al primer legionario que alcanzo el empleo de comandante, Carlos (Karl) Tiede Zeden.

La aplicación de la Ley 17/1989, que tiene su entrada en vigor el día 1 de enero de 1990, derogaba las anteriores legislaciones aplicadas en referencia a la creación del Cuerpo de Suboficiales de La Legión, anulando la Ley de 29 de junio de 1918 por la que se aprobaban las bases para la reorganización del Ejército y la Ley de 29 de agosto de 1933 por la que se creaba el Cuerpo de Suboficiales en el Tercio.

Guión XI Bandera Comandante Tiede.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 de la Norma General 3/90 del Estado Mayor del Ejército (E.M.E.), se lleva a cabo la disolución de la Academia de Formación de Mandos Legionarios situada en el Campamento Benítez de Málaga, siendo entonces su Director el teniente coronel de Infantería D. Eduardo Ramos Gutiérrez, como Jefe de Estudios el comandante de Infantería D. Juan Salafranca Álvarez y el Jefe de la Unidad de Instrucción y Experiencias el capitán de Infantería D. Salvador Puig Valero-Terrero.

Con la Instrucción General 30/1990 desaparecería la Escala Legionaria, integrándose los Suboficiales legionarios en la nueva Escala Básica de Suboficiales.

La integración se realizaría unificando el empleo y orden de escalafón que tenían sus componentes en la escala de origen en el momento de la integración y el tiempo de servicios efectivos cumplido desde su acceso a la misma o en el caso de que todos sus componentes hubieran accedido por promoción interna dentro de su escala de origen; resolviéndose en último extremo a favor del de mayor edad realizándose en un período máximo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de la Ley 17/1989. Una vez realizada la integración la antigüedad en el empleo vendría determinada por el nuevo orden de escalafón.

Bibliografía

-Boletín Oficial del Estado

-Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional

-Colección Legislativa

-Diario de Sesiones de las Cortes Españolas

-Diario Oficial del Ministerio de la Guerra

-Orden de la Academia de Mandos Legionarios

-Orden de la Comandancia General de Ceuta

-Orden de la Subinspección de La Legión

-Orden del Tercio 2º

-Hojas de Servicios

-AGBS

11 de julio de 1933

Circular de 29 de agosto de 1933 (Diario Oficial núm. 204 de 1 de septiembre)

DOMG nº 305 (31.12.1933), p 752: Circular de 27 de diciembre de 1933.

DOMG nº 158 (12.07.1934), p 137: Ley de 5 de julio de 1934.

DOMG nº 170 (26.07.1935), p 255: Circular de 18 de julio de 1935. Ascendidos: Manuel Sánchez López, Antonio Téllez Iñigo, Luis López Torrón.

DOMG nº 295 (24.12.1935), p 788: Circular de 16 de diciembre de 1935.

BOJDN nº 30 (28.09.1936), Decreto núm. 129 de 25 de septiembre de 1936.

BOE nº 203 (11.05.1937), p 1371: Orden de 8 de mayo de 1937.

DOME nº 167 (24.07.1960), p 361: Ley de 21 de julio de 1960.

BOE nº 78 (01.04.1974), p 6605: Ley de 30 de marzo de 1974.

BOE nº 139 (11.06.1977), p 13113: Ley 44/1977 de 8 de junio de 1977.

6 de octubre de 1981.

16 de febrero de 1982

BOE nº 172 (20.07.1989), p 23129: Ley Reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional de 19 de julio de 1989.

Orden de la Academia de Mandos Legionarios de 30 de abril de 1990.

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