Una de las dudas más frecuentes de los beneficiarios, incluyendo los vecinos de Ceuta, tiene que ver con el periodo de prestación de que corresponde y cómo se calcula en función de la situación de desempleo.
En este caso, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explica que la prestación se calcula tomando en consideración esta variable: el tiempo de ocupación cotizado a desempleo durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que terminó la obligación de cotizar, “o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación de desempleo anterior”.
Una aclaración importante que hace es que “los días de vacaciones pagadas y no disfrutadas”, también “se considerarán periodos de ocupación cotizada”.
El SEPE también ha señalado que en el caso de las personas que entran dentro de la categoría de “emigrantes retornados” o las personas liberadas de prisión, “la duración de la prestación se calculará teniendo en cuenta las cotizaciones realizadas en los 6 años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión, respectivamente”.
Añaden al respecto que si el beneficiario ha cotizado en el extranjero o en prisión, “el cálculo de los 6 años hacia atrás será desde la fecha en que haya terminado la relación laboral”.
Para mayor ayuda, los interesados pueden acceder a la página web del Servicio Público de Empleo Estatal donde podrán hacer uso de programa de autocálculo “que le dará una orientación acerca de la duración y cuantía de la prestación contributiva y que solo tendrá carácter informativo”.
A manera de orientación también ponen a disposición de quien lo necesite, una escala para determinar la duración de la prestación:
De 360 a 539 días de cotización: | 120 días de prestación |
De 540 a 719 días de cotización: | 180 días de prestación |
De 720 a 899 días de cotización: | 240 días de prestación |
De 900 a 1079 días de cotización: | 300 días de prestación |
De 1080 a 1259 días de cotización: | 360 días de prestación |
De 1260 a 1439 días de cotización: | 420 días de prestación |
De 1440 a 1619 días de cotización: | 480 días de prestación |
De 1620 a 1799 días de cotización: | 540 días de prestación |
De 1800 a 1979 días de cotización: | 600 días de prestación |
De 1980 a 2159 días de cotización: | 660 días de prestación |
Desde 2160 días de cotización: | 720 días de prestación |
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