España y Portugal, tras sus respectivos descubrimientos de finales del siglo XV, se convirtieron en dos imperios marítimos. La conquista de Ceuta por Portugal el año 1415 permitía a Portugal asegurarse una valiosísima posición estratégica que le facilitaba el acceso a la vigilancia y control del Estrecho de Gibraltar desde el territorio africano. También Ceuta le serviría de cabeza de puente de cara a emprender nuevos descubrimientos y tener así acceso a las grandes rutas comerciales entre Europa y África, entre Occidente y Oriente. Pero, además, la noticia produjo una impresión muy favorable a toda la Cristiandad, dado que, con su ocupación, se lograba colocar una punta de lanza que sirviera para promover la evangelización del territorio africano. Portugal supo vender bien al mundo cristiano la importancia que había tenido su victorioso hecho de armas; buscó granjearse un mayor acercamiento a la Santa Sede, de manera que ésta le apoyara, dada la gran autoridad que entonces tenían en la Europa cristiana los Papas, que eran tenidos como máximos jueces que conferían la potestad y la legitimación para la toma de posesión de los nuevos territorios descubiertos, su conquista y evangelización. Y vamos a poder ver cómo la conquista de Ceuta tuvo también gran influjo en el posicionamiento a favor de Portugal de la Santa Sede.
Ya con anterioridad al descubrimiento de América por Cristóbal Colón, Portugal en sus territorios descubiertos había recurrido a los sucesivos Papas para recibir de ellos la legitimación jurídica que le confiriera la potestad para poder poseer, colonizar y evangelizar los territorios. La fuente jurídica a que para ello se recurría era el llamado derecho «Uti possidetis, ita possideatis» (quien posee de hecho, debe poseer de derecho). A tal efecto, los descubridores llegaban al territorio descubierto, hacían ondear la bandera de su país, con la presencia de religiosos que llevaban embarcados y que con la cruz en alto invocaban al Todopoderoso y, acto seguido, tomaban posesión del territorio “en nombre de Dios y para el rey” del país descubridor.
Entre los años 1402 y 1405, las islas de Lanzarote, Fuerteventura y Hierro fueron conquistadas por caballeros normandos para España (entonces reino de Castilla). Pero los navegantes portugueses no dejaron de tocar tierra en dichas islas y capturar en ellas esclavos. De manera que entre España y Portugal surgió la disputa sobre la posesión de las Canarias, que fue planteada en el Concilio de Basilea de 1435. Incluso en 1449 el rey Alfonso V de Portugal llegó a otorgarse el monopolio del comercio de Canarias. En el Tratado de Ayllón de 31-10-1411 ya Portugal y España sometieron el conflicto al arbitraje papal. El litigio fue dirimido en 1435 - veinte años después - de forma favorable para España, a la que le fueron entregadas por Portugal dichas Islas en propiedad. Portugal acató en principio el arbitraje, pero no de buen agrado y el problema continuó.
Tras la conquista de Ceuta por los portugueses, la posición benefactora de los Papas con España cambió para favorecer ahora a Portugal, volcándose Roma en favor de Ceuta. Ejemplos de ello se tienen en que el 4-04-1418 el Papa Martín V declaró a Ceuta “Bastión de la cristiandad de Occidente en el Norte de África, y única ciudad que confiesa la fe cristiana en África…”, elevando su iglesia ceutí a diócesis. En 1441 el Papa Eugenio IV puso la diócesis bajo su directa protección, sin la intermediación de ningún metropolitano, hecho poco usual y que volvía a poner de manifiesto el enorme interés que la Santa Sede por Ceuta. También el Papa Eugenio IV, en 1444 concedió a su obispo fray Juan Manuel el título de Primado de África. Ceuta, para tener una mayor dotación económica, llegó a tener iglesias sufragáneas hasta en Badajoz y Galicia. Los mismos obispos de Ceuta, llegaron a tener su residencia en Olivenza, que la preciosa iglesia de Santa María Magdalena oliventina, de gran realce y vistosidad, se construyó para que la misma se correspondiera con la categoría y relevancia de sede episcopal ceutí. Es decir, Ceuta fue considerada como una avanzadilla privilegiada por la oportunidad que su conquista ofrecía para la evangelización de África, hasta el punto de que, a partir de su conquista por los portugueses, puede decirse que, desde el Papa Martín V hasta Inocencio VIII, la Santa Sede favoreció mucho a Portugal, en detrimento de España y de otros países europeos de la cristiandad.
Así, por la bula Romanus Pontifex de 8-01-1454, el Papa Nicolás V determinó un primer deslinde de las tierras e islas que se descubrieran en la zona del Atlántico, adjudicando a Portugal las islas de la zona del paralelo de las Canarias hacia el sur de Guinea en la costa de África, que los portugueses luego descubrieron hasta el cabo de Buena Esperanza. Sixto IV mediante la bula Aeternis Regis Clementis del 22-06-1481 les otorgó su explotación y los portugueses sacaron inmenso provecho de las ricas minas de oro y el tráfico de esclavos, que posteriormente adquirió un gran desarrollo en las colonias españolas. Pero los Reyes Católicos, entonces en guerra con Portugal, enviaron expediciones a Guinea en busca de oro, cera, añil y cueros.
Ambos países, Castilla y Portugal, negociaron bilateralmente el Tratado de Alcaçova, de 4-09-1479, por el que se repartieron el Océano Atlántico trazando una línea horizontal por el paralelo del cabo Bojador, que puso fin al conflicto. Por este tratado, Portugal cedió definitivamente las islas Canarias a España. A cambio, España reconoció el monopolio portugués del comercio con África y la soberanía sobre las islas de Cabo Verde, Azores y Madeira. Entre los problemas que resolvió el Tratado de Alcáçovas, están los siguientes: Declaró la paz entre ambos países y puso fin a la Guerra de Sucesión castellana (1475-1479). El ya rey portugués, Alfonso V, renunció al trono de Castilla y, a cambio, Fernando e Isabel renunciaron al trono de Portugal. Repartió los territorios del Océano Atlántico entre ambos países. Portugal mantuvo el control sobre sus posesiones de Guinea, Elmina, Madeira, las Azores, Flores y Cabo Verde. Y a España se le reconoció definitivamente la soberanía sobre las Islas Canarias. Dos años después, el papa Sixto IV confirmó el tratado y aclaró que cualquier nuevo descubrimiento al sur y al este de las Canarias sería para Portugal. Pero el nuevo rey portugués, Juan II, abusando del total apoyo papal que siempre Portugal recibía de Roma, se le ocurrió reclamar todos los territorios descubiertos en 1492 por Colón. Los Reyes Católicos se negaron y apelaron al nuevo Papa, Alejandro VI, que había tomado posesión a la vez que Colón descubría América; pidiéndole que se le concediera el derecho que le asistía de colonizar y evangelizar los nuevos territorios, siendo apoyada su petición.
Con el descubrimiento de Colón, los resquemores de España respecto de la violación del tratado de Alcaçova se disiparon. Pero el imperio marítimo de Portugal, que hasta entonces dominaba las grandes empresas ultramarinas, empezó a mostrase receloso y hostil. Colón encontró una nueva ruta atlántica que, sin afectar los derechos de Portugal, ofreció un nuevo mundo a España, incluso situándola en preponderancia respecto a Portugal. Juan II protestó por la violación de sus dominios, invocando el tratado de Alcaçova. Y, a partir del descubrimiento de América, la Santa Sede cambió de posición, ahora favorable a España.
Las bulas alejandrinas «Inter caetera», «Piis fidelium» e «Inter caetera» (segunda), derogaban anteriores dictados y anulaban, “a ojos de Dios”, los tratados que reconocían los derechos portugueses en los mares y tierras africanos más allá de Canarias. Hasta tal punto que la «Eximie devotionis» fue otorgada por vía extraordinaria y secreta a los Reyes Católicos. Otras bulas, en cambio, favorecieron alternativamente a Castilla y Portugal que, "a fuerza de tanto conceder, concluyeron por no conceder nada" (escribe Molinari), y las dos coronas debieron buscar la solución a sus pleitos coloniales por medio de arreglos directos.
Por fin, España y Portugal tuvieron que negociar y así llegaron al Tratado de Tordesillas de 7-06-1494. Por este acuerdo bilateral España y Portugal intentaron repartirse el Nuevo Mundo. Se fijó el meridiano de partición en 370 leguas al oeste de las islas del Cabo Verde, extendiendo hacia Occidente la línea fijada por el papa Alejandro VI: el hemisferio occidental pertenecería a Castilla y el oriental a Portugal. Los castellanos obtuvieron el derecho a la libre navegación en aguas portuguesas para llegar a su sector. Sin embargo, a medida que Holanda y Gran Bretaña desarrollaron su poder naval no respetaron la resolución pontificia ni el posterior acuerdo entre Castilla y Portugal. Al fundar su prosperidad en el tráfico marítimo y los beneficios del intercambio comercial, necesariamente navegaron por el «mare closum» (mar cerrado a otros estados) y arribaron a las islas y costas americanas. Como consecuencia de la extensión de las rutas comerciales, la piratería (que era común en el Mediterráneo) apareció en el Atlántico.
Por el Tratado de Tordesillas, los dos reinos dividieron el Océano Atlántico por medio de una raya trazada de polo a polo, 370 leguas al oeste de las islas de Cabo Verde, quedando el hemisferio oriental para la Corona de Portugal y el hemisferio occidental para la Corona de Castilla. Así, España y Portugal acuerdan las conquistas que podrán realizar ambos estados en relación con el mundo recién descubierto. Por primera vez se establece una frontera que divide tanto el mar como la tierra, y la nueva concepción de división territorial va a determinar la actual configuración de América del Sur. Fue un reparto equilibrado negociado de forma ardua y astuta entre los dos países. De esa forma, se resolvió el problema favorable a España, ya que los españoles no podían navegar sus mares sin permiso del rey lusitano. Y, no obstante, dicho tratado no modificaba la adjudicación de tierras ya resuelta por la bula pontificia de 1454, y fue ratificado por España.
Si bien, como los lectores bien conocen, aquel reparto del mundo entre España y Portugal hoy no rige; fue perdiendo efectividad a medida que Inglaterra, Holanda, Francia y otros países comenzaron a emerger como potencias marítimas. A partir de entonces la navegación de los mares hubo que adaptarla cada vez más a la coparticipación de los demás países, hasta llegar a la actual Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, firmada en Montego Bay (Jamaica), que impone la plena libertad de navegación. Pero con las siguientes limitaciones: la excepción del ”mar territorial”, que alcanza a una anchura hacia dentro del mar de 12 millas marinas (22.222 metros), espacio que es de plena soberanía de los países ribereños. La “zona contigua”, que alcanza hasta 24 millas, con ciertas limitaciones de navegación a efectos fiscales y de persecución del contrabando.
Y la “zona económica exclusiva”, a efectos de la explotación de los recursos marinos, que alcanza hasta las 200 millas.
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