CSI.F ha presentado el anuncio contencioso contra la decisión del equipo de gobierno que se aprobó el pasado tres de agosto donde se marcaba la decisión de que los trabajadores con jornada especial también estaban implicados en la obligación de realizar dos horas y media más a la semana a pesar que ya trabajaran cuarenta horas, con lo cual por parte del ejecutivo se explicaba que o bien efectuaban una serie de horas extraordinarias al año o se les debía reducir en un cincuenta por ciento el complemento de jornada especial.
En el escrito que la letrada del sindicato se indica que con fecha veintiocho de septiembre se dejó sin vigor el acuerdo anterior, pero desde el punto de vista de la central durante su período de vigencia había provocado "una injustificada minoración de las percepciones salariales de quienes vienen desempeñando la jornada especial".
Alegan que el acuerdo fue dictado por un órgano que consideran incompetente para ello, una falta absoluta de motivación y de las razones que les llevaban a dar ese paso, ausencia de trámites esenciales en el procedimiento o vulneración de una serie de artículos relacionados con el régimen funcionarial.
No se deja de lado en la demanda la denuncia de que la Ciudad carece de la preceptiva Relación de Puestos de Trabajo, "por lo que no han sido expresamente valorados los puestos de trabajo ni en consecuencia los complementos específicos".
Ley
Se alega que la Ciudad Autónoma se basa en la Ley de Presupuestos como punto de partida para la motivación del acuerdo, al señalar que el establecimiento por ley de la jornada mínima de trabajo en 37,5 horas deja sin efecto las previsiones sobre jornadas y horarios del convenio colectivo y acuerdo regulador del personal al servicio de la Ciudad Autónoma. Sin embargo, la letrada del sindicato estima en su escrito de demanda "que no puede tenerse en cuenta esa síntesis porque nada obliga a ello con independencia de la voluntad de la Administración de hacerlo, en ningún caso impuesta por norma legal".
Además también se muestran en desacuerdo con los criterios que se aplicaron para cuantificar el importe de la minoración del complemento específico, ofreciendo distintas sentencias.