La gestión de las costas de Ceuta ha generado no pocos quebraderos de cabeza a la Administración. Pero la controversia que conlleve a partir de ahora puede ser incluso mayor con la reforma del Reglamento General en esta materia porque, según expertos consultados por Europa Press, reducirá el número de chiringuitos, paseos marítimos, hoteles y apartamentos en todo el país.
Así lo afirman los expertos juristas consultados por esta agencia de noticias, quienes aseguran que supondrá un "quebranto económico" en algunas zonas del litoral español, por lo cual reclaman la coexistencia del desarrollo económico y la protección del medio ambiente.
Medios como El Economista o El Comercio van más allá y hablan de expropiaciones a cambio de ceder a los propietarios su uso durante 30 años y, en determinados casos, más otros 30 años prorrogables. Asimismo, la reforma limitaría las concesiones para tener una actividad cerca de la costa a un máximo de 75 años.
En agosto de 2022 se aprobó un Real Decreto por el que se modificaba el Reglamento General de Costas. Sin embargo, fue anulado por el Tribunal Supremo debido a que en su tramitación se había obviado el trámite de consulta pública.
Ante esta situación, y perviviendo la voluntad por parte de la Administración de introducir reformas en el anterior Reglamento General de Costas del año 2014, se han iniciado de nuevo los trámites para aprobar su modificación, con un periodo de consulta pública que acabó el pasado viernes 22 de marzo.
Los expertos juristas de GTA Villamagna Abogados explican que previsiblemente las modificaciones que pretenden acometerse a iniciativa del Ministerio de Transición Ecológica, tienen como objetivo esencial adaptar el Reglamento General de Costas de 2014 a las necesidades derivadas del actual cambio climático que estamos sufriendo en todo el planeta.
Entre ellas se destacan la eliminación de la tipología de dunas, unificándolas en una sola categoría; la modificación del régimen de ocupación de establecimientos expendedores de comidas y bebidas en las playas, que no podrán tener sótano, como media para evitar la erosión; así como una nueva definición de la zona marítimo-terrestre y de sus terrenos adyacentes, limitando la posibilidad de efectuar cambios en los usos de las edificaciones.
Según Ernesto García-Trevijano Garnica, socio director de GTA Villamagna Abogados, "es importante destacar que la modificación del régimen de otorgamiento y duración de las concesiones, y sus posibles prórrogas, supone que se ligue su obtención a los nuevos criterios ambientales".
Además, advierte que "al tratarse de normas de aplicación general en toda España, se unifica la protección otorgada al litoral español, pretendiendo con ello evitar diferencias en función de las distintas normativas urbanísticas o de otra índole de cada municipio o comunidad autónoma".
Los expertos aseguran que, aunque la finalidad de la nueva legislación en materia de costas pretende dotar de una mayor protección al litoral español dada la amenaza que el cambio climático, "la voluntad de la Administración no basta por sí sola para alcanzar el referido objetivo".
En su opinión sería precisa una mayor implicación y colaboración de todas Administraciones implicadas y de la propia sociedad civil (ciudadanos, asociaciones, empresarios, propietarios), que deben concienciarse de la gravedad de la situación, "participando activamente tanto en la fase de elaboración de este tipo de normas presentando alegaciones y propuestas, como en su fase de aplicación una vez han entrado en vigor".
El abogado de GTA Villamagna concluye afirmando que "en todo caso debe tenerse presente que el crecimiento sostenible implica un necesario equilibrio, a veces cierto inestable, entre dos intereses legítimos en principio enfrentados: el desarrollo económico y la preservación del medio ambiente".
Por ello instan a establecer mecanismos que permitan la coexistencia de esos dos intereses, tales como periodos transitorios de adaptación, la adopción de medidas menos limitativas cuando ello sea posible, sistema de incentivos (no simplemente de prohibición o limitación) para que las conductas se adapten a los fines de interés público.
"Si no se hace así y se impone todo, es razonable esperar que el malestar de los colectivos afectados provoque que recurrirán a todos los mecanismos legales (incluida la impugnación judicial), para evitar o limitar esas consecuencias negativas para sus intereses", advierte el experto.
Por ello, consideran conveniente que el articulado de la nueva norma tenga en cuenta este contexto, "previendo en su caso mecanismos que permitan de una manera suave y asumible el tránsito hacia los nuevos objetivos pretendidos".
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