Comisiones Obreras ha interpuesto un conflicto colectivo contra la empresa Corporación de prácticos del puerto de Ceuta. La organización sindical ha puesto este conflicto colectivo al entender que la empresa en cuestión “incumple” el artículo 89.2 del Estatuto de los Trabajadores, “que establece el plazo máximo de 1 mes a partir de la recepción de la comunicación para la constitución de la comisión negociadora del convenio colectivo para que la parte receptora (empresa), responda a la propuesta de negociación”.
Tal y como indica el escrito, la petición de los trabajadores se formuló el pasado 15 de diciembre de 2010 -registrada tanto ante la empresa como ante la Autoridad Laboral- y hasta la fecha “no se ha recibido contestación”.
En el mismo escrito, el sindicato recuerda que los trabajadores están legitimados para promover conflictos colectivos en virtud de lo prevenido en la Ley Orgánica de Libertad Sindical, así como por la reiterada doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.
De esta manera, la organización sindical en cuestión solicita a la Dirección Provincial de Ceuta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Así, los representantes legítimos de los trabajadores esperan que la empresa en cuestión constituyan la mesa negociadora cuanto antes debido a que -recuerdan- la petición de los trabajadores se formuló hace más de un mes y aún no han recibido contestación alguna.
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