El Juzgado de lo Penal número 1 dictó una sentencia de seis meses de prisión contra R.S. por quebrantar una orden de alejamiento de su propia hija. La acusada se conformó en la vista oral con la pena dispuesta por el Ministerio Fiscal, la cual quedó suspendida por condiciones especiales, ya que de ingresar en prisión la menor quedaría sin ningún tutor legal, debido a que su progenitor también está en prisión.
Por este motivo la jueza decidió suspender la pena por un periodo de dos años en los que no podrá cometer ningún otro delito. Los hechos que ayer se le imputaban ocurrieron el pasado 24 de mayo, cuando la mujer, según se relata en el escrito de acusación, fue interceptada con la menor en la frontera del Tarajal, incumpliendo así la orden de alejamiento impuesta en una condena anterior por malos tratos. Dicha pena se dictó el 7 de marzo de 2017, cuando fue juzgada por el delito de malos tratos en contra de su hija.
En esa ocasión, se le condenó a tres meses de prisión, peor al no contar con antecedentes penales en aquel momento, se le suspendió la pena, condicionada a la no comisión de otro delito en el periodo de dos años.
Lo que sí se hizo efectiva fue una orden de alejamiento de su propia hija por una duración de un año, tres meses y un día, la cual fue quebrantada el pasado mes de mayo y por lo que fue juzgada la mañana de ayer
Aunque en esta ocasión sí contaba con antecedentes penales, la jueza dictó una nueva suspensión, de la pena por no contar la menor con otro tutor legal que se hiciera cargo de ella, ya que su padre está en la cárcel. En cuanto a la sentencia anterior, se tendrá que esperar a la ejecutoria para saber si la debe cumplir o no.