Categorías: Tribunales y justicia

Condenados un padre y una madre por desamparar a su propio hijo de 3 años

Evitan ir a prisión  l Menores acordó en 2014 asumir su tutela pero los padres lo llevaron a Marruecos.

Un padre y una madre, esta última con antecedentes penales, fueron ayer condenados en la Sala de lo Penal número Dos de nuestra ciudad por incurrir en un delito de sustracción de menores. La víctima fue su propio hijo, que a fecha de los hechos, en octubre de 2014, contaba con tres años de edad. Ambos reconocieron los hechos imputados y acto seguido mostraron conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal: dos años de prisión. No obstante, esta pena privativa de libertad quedó suspendida por un espacio de cinco años, lapso de tiempo en el que tanto él como ella tienen la obligación de acudir a cuantas entrevistas les requiera y convoque el Área de Menores de la Ciudad Autónoma, ingresando en la cárcel de manera automática en caso de injustificada incomparecencia.
Todo ello es, por tanto, la consecuencia penal de unos hechos que acontecieron el 30 de enero de 2014, cuando el Área de Menores de la Ciudad Autónoma declaró la situación legal de desamparo del menor, y en base a tal declaración asumió su tutela ex lege, y acordó el acogimiento residencial en el Centro San Ildefonso de nuestra ciudad. Los días inmediatamente posteriores se les notificó presencialmente dicha resolución a los progenitores del menor, requiriéndoles para que entregaran a su hijo, pero los encausados, actuando de común acuerdo e incumpliendo el deber establecido en la citada resolución administrativa, trasladaron al menor a Marruecos con la intención de no entregarlo y evitar que pudiera ser encontrado por las autoridades españolas, relato de los hechos que quedó ayer constatado y probado mediante sentencia firme elevada por el magistrado juez de lo Penal Dos al término de la vista.
En este sentido, cabe añadir que a día de hoy, cuando el menor cuenta ya con cinco años de edad, son los padres, ayer condenados, los que mantienen la tutela del mismo.
Por último, y respecto a la pena impuesta, es preciso señalar que finalmente, y dado que se daban los condicionantes para ello, fue inferior a que inicialmente se enfrentaban, como solicitaba el Ministerio Público, parte que en su escrito inicial –luego rebajado– elevaba la pena de cárcel a cuatro años e incluía una inhabilitación especial para el derecho de patria potestad por tiempo de nueve años, lo que pone de relieve, de manera paralela, la gravedad del caso enjuiciado y la responsabilidad de los padres hacia con sus hijos.

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