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Condenados tras irse sin pagar del parking de Gran Vía y romper la barrera

Los dos acusados han reconocido los hechos y han aceptado el pago de multas así como 1.071,64 euros por la barrera dañada

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a dos individuos por un delito de daños y otro leve de estafa. Los llamados J.A.B. y R.F.R. han reconocido los hechos y aceptado las penas para cada uno de ellos de 6 meses de multa a razón de 5 euros diarios por el delito de daños, así como un mes de multa a 5 euros diarios por el delito leve de estafa. Asimismo, los dos acusados deberán abonar de forma conjunta y solidaria a Amgevicesa la cantidad de 1.071,64 euros por los daños ocasionados, así como 7,60 euros por la estafa.

Los hechos a los que se ha hecho referencia en esta conformidad ocurrieron en octubre del año pasado. Sobre las 05:55 horas, los dos acusados se montaron en el vehículo de uno de ellos que se encontraba en el aparcamiento de la Gran vía, lugar donde lo habían estacionado horas antes. Sin abonar la cantidad por haber aparcado en esa zona privada controlada por Amgevicesa, levantaron la barrera y huyeron del lugar. Ocasionaron desperfectos valorados en 1.071,64 euros.

De esta forma, los dos acusados no abonaron la cantidad que debían pagar por el estacionamiento, que era de 7,60 euros, y prefirieron romper la barrera y escapar del lugar. En ningún momento se pusieron en contacto con la empresa Amgevicesa para abonar la cantidad derivada del estacionamiento ni los daños que ocasionaron en la barrera del parking de la Gran Vía.

El acuerdo previo entre el Ministerio Fiscal y la Defensa ha evitado la celebración de la vista oral que estaba fijada para este miércoles. Además ese reconocimiento le ha servido a ambos acusados para una reducción de la pena ya que en un principio el Ministerio Público solicitaba, para cada uno de ellos, por el delito de daños una sanción de 20 meses de multa a razón de 10 euros diarios, así como 3 meses a razón de 10 euros por la estafa. Esta importante reducción de la pena se fija al haber reconocido los hechos evitándose así la celebración del juicio para el que habían sido citados varios testigos.

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