La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 ha dictado sentencia contra J.M. por un delito contra los derechos de los extranjeros, por el que deberá pagar una multa de 1.125 euros. Asimismo, A.B. y T.M. fueron condenados por un delito de falsedad documental a un año y un día de prisión y a una multa de 360 euros. La pena para A.B. se ha sustituido por la expulsión del territorio nacional durante un periodo de cinco años, aunque T.M. sí deberá cumplir la sentencia al contar con antecedentes.
Los hechos por los que se les ha juzgado ocurrieron el pasado 16 de septiembre cuando J.M. fue sorprendido por funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado al pretender acceder al transbordador con destino a Algeciras llevando consigo a A.B., a sabiendas de que no podía acceder a la península al ser un ciudadano extranjero carente de autorización para entrar en territorio nacional.
A.B. presentó a los funcionarios un permiso de residencia belga a su nombre, falsificado íntegramente, al haberse utilizado una lámina del anverso de un documento original, siendo el soporte falso, y un pasaporte de Marruecos con dos sellos falsificados.
Por su parte T.M. presentó un segundo permiso de residencia, igualmente belga, y también falsificado, al haberse empleado la misma técnica de elaboración que con el documento que portaba A.B.
J.M. elaboró y entregó a ambos la documentación falsa que fue exhibida a los funcionarios, con la finalidad de acceder a la península, recibiendo por ello la cantidad de 1.000 euros, hecho que fue reconocido por T.M. en el Juzgado de Instrucción. Pese a su reincidencia, en la aplicación de la sentencia se ha tenido en cuenta el atenuante de colaboración con la Justicia
Ni preguntar el origen de estos ¿Nordicos?