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Condenados por falsificar recetas del ISFAS para comprar pastillas

Los acusados han aceptado las penas acordadas por conformidad, de 11 solo 6 han sido penados

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha sentado en el banquillo de los acusados a 11 personas acusadas de un delito de falsedad en documento público y otro contra la salud pública. Al existir un reconocimiento de los hechos no ha sido necesaria la celebración de la vista oral dictándose in voce la condena solo para seis de ellos. Sobre el resto ha sido retirada la acusación.

Ha quedado demostrado que los acusados se habían puesto de acuerdo para obtener beneficios con la compra de fármacos como Rivotril, Alprazolan y Trankimazin para destinarlos a la venta de terceros.

En fechas no determinadas, entre enero de 2016 y septiembre de 2017, los acusados se hicieron con talonarios de recetas del ISFAS cuyos titulares desconocían el uso que se les iba a dar por parte de los acusados. Los acusados se hicieron con un sello de un médico colegiado para darle uso.

Al estampar el sello en las recetas se daba la apariencia de que las mismas eran verdaderas y así podían hacerse con todos los fármacos que consideraban. Eran recetas obtenidas de manera fraudulenta con las que los acusados acudían a farmacias de la ciudad para obtener los medicamentos que luego vendían.

Por esa acción ocasionaron un perjuicio económico al ISFAS por un importe de poco más de 400 euros.

Las penas acordadas entre las partes

Los acusados han sido condenados por delito continuado de falsedad en documento público además de otro contra la salud pública. En el caso de dos de los condenados, al ser reincidentes, se les ha condenado por tráfico de drogas a 4 meses y 15 días de prisión así como el pago de una multa de 120 euros. Para el resto la condena ha sido de 3 meses de prisión y multa 120 euros.

Por el delito de falsedad en concurso con el de estafa se les ha condenado a todos los acusados a 6 meses de prisión y 3 meses a 3 euros. Se ha considerado la existencia de una atenuante de dilaciones indebidas.

Todos los acusados deberán afrontar el pago de poco más de 400 euros por el perjuicio a las Fuerzas Armadas, abono que ejecutarán de forma solidaria.

Se suspenden las penas durante un periodo de 3 años para todos los acusados con la condición del pago a ISFAS en un plazo de 3 meses.

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