Categorías: Tribunales y justicia

Condenado uno de los familiares que agredió a un vecino del Mixto con un hacha

El juez le ha impuesto dos años de prisión, aunque el hombre no deberá ingresar en prisión porque se le ha concedido la suspensión condicional de la pena. El magistrado del juzgado de lo Penal número dos ha dictado sentencia condenatoria contra uno de los tres familiares acusados de agredir a un vecino en el Mixto el día 25 de abril. Los otros dos acusados han sido absueltos del delito de lesiones que se les venía imputando por el Ministerio Fiscal. El condenado no deberá cumplir la pena de prisión, ya que su defensa ha solicitado la suspensión condicional de la pena y el juez se la habría concedido al carecer de antecedentes penales. Por tanto, el hombre no ingresará en la cárcel bajo la condición de no cometer delito alguno en los próximos dos años. En caso contrario cumplirá los dos años que se le han impuesto más la pena del nuevo delito cometido. Durante el juicio el Ministerio Público solicitó tres años y seis meses de prisión para los tres acusados. El juez ha hecho caso omiso a esta petición y con las pruebas practicadas sólo ha encontrado culpable a uno de los tres familiares.
Los hechos por los que se sentaron en el banquillo sucedieron el pasado 25 de abril de 2010 por la tarde, cuando supuestamente varios hermanos de una misma familia y su cuñado agredieron a otro vecino de la zona. La víctima sufrió una fractura nasal y varias lesiones de menor entidad, como  diversos cortes, entre ellos uno en la espalda. Según denunció el agredido, su nariz fue fracturada por el golpe de una silla que portaba uno de los cuatro agresores (la causa era contra tres de ellos porque el cuarto implicado es menor cuya responsabilidad ya fue dirimida en su jurisdicción correspondiente). Del resto de cortes, el más importante es el localizado en la espalda. La teoría que mantienen es que probablemente se produjo por un golpe en la espalda propinado con un hacha.
De los tres acusados, dos tienen antecedentes penales por hechos similares. Precisamente éstos fueron absueltos. Según la tesis de la defensa, el que mayor participación tuvo en los actos fue el hermano que carecía de antecedentes penales. Sin embargo, y aunque se admite el uso de dos hachas como armas utilizadas en la reyerta, todos afirmaron no portar una silla. Los agentes de la Policía Nacional atendieron la llamada de socorro por parte de uno de los vecinos y luego se encontraron con varias personas que agredían al denunciante, que se encontraba en el suelo. Además, había varias decenas de personas observando los hechos, pero sin intervenir para separar la pelea.
Según la versión de la víctima, los acusados le sorprendieron a bordo de un coche y le amenazaron. Él comenzó a correr, pero le esperaron con el coche y se abalanzaron sobre él. En cuanto apareció la unidad de la Policía Nacional al menos uno de los denunciados huyó y se refugió en un domicilio. Los agentes separaron a los implicados en la pelea y redujeron a los que identificaron más claramente como agresores. También, según la versión de la acusación, huyó otro, pero la defensa afirma que no se encontraba en el lugar de los hechos. Al parecer, la pelea se pudo originar por una discusión acaecida dos días antes, el 23 de abril, aunque los motivos de la disputa y su desarrollo no concuerdan en las versiones de la defensa y de la acusación. Mientras unos dicen que la víctima había agredido a uno de los hermanos dos días antes, el lesionado en la reyerta del 25 de abril aseguró que sólo se había acercado a ver una discusión vecinal.

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