El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a un varón por un delito contra la intimidad y otro de maltrato. Aunque el juicio estaba señalado para su celebración este lunes, no fue necesaria la vista toda vez que el acusado reconoció los hechos dictándose una sentencia por conformidad.
Por delito contra la intimidad, el llamado M.H.M. aceptó una pena de 12 meses de prisión y una multa de 12 meses con una cuota de 3 euros diarios a los que se suman 2 años de alejamiento.
Por un delito de maltrato se le impuso una condena de 6 meses prisión, 3 años sin poder portar arma y 2 de alejamiento.
La pena de cárcel queda suspendida por un plazo 3 años condicionado a la realización de un curso de sensibilización en la lucha contra la violencia de género. La sentencia condenatoria incluye además el abono en concepto de responsabilidad civil de 5.000 euros, cantidad que ha sido ya consignada.
Los hechos a los que hace referencia esta sentencia se estuvieron produciendo entre noviembre de 2021 y junio de 2022, cuando el ahora condenado quiso menoscabar la intimidad personal de su mujer.
Para ello, instaló en la vivienda que compartían una cámara espía con la finalidad de grabarla en su vida privada sin que la fémina tuviera conocimiento de esos extremos.
En agosto de 2022 accedió a su cuenta de Instagram para leer sus mensajes privados, llegando a hacer captura de algunos para después colgarlos en un estado de WhatsApp. Publicitó también una fotografía de una autopista en otro estado para demostrarle que conocía su ubicación añadiendo una imagen de un detective.
Esta situación fue denunciada iniciándose así este procedimiento judicial debido a que la víctima se sentía acosada en el propio hogar, siendo objeto de vejaciones y maltrato.
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