El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, ha condenado un hombre de 45 años por 3 delitos contra la indemnidad sexual de un menor de 18 años.
El acusado ha reconocido los hechos y aceptado las penas de 6 meses y 3 días de cárcel para cada una de los tres delitos. En total: 1 año y 8 meses de prisión. Una pena que queda suspendida por un periodo de 2 años al no contar con antecedentes penales.
Eso sí, la pena queda suspendida siempre y cuando no vuelva a delinquir durante ese periodo y a realizar un curso de educación sexual.
Además, se le ha impuesto un año de libertad vigilada, así como 4 años sin poder ejercer ningún oficio que tenga contacto con menores
Asimismo, se le ha impuesto una orden de alejamiento y no poder comunicarse con el menor. También lleva consigo la inhabilitación de la patria potestad de sus hijos menores por un periodo de 4 años.
El acusado abonó la cantidad de 18.000 euros de responsabilidad civil a favor del menor por los daños morales causados. Por ello se le aplicó una atenuante de reparación del daño.
Los hechos a los que se hace referencia en esta conformidad ocurrieron antes de julio de 2022. El acusado, un hombre de 45 años, se puso en contacto, por medio de la aplicación Instagram, con un menor nacido en el año 2008.
El ahora condenado sabía que el denunciante tenía menos de 18 años, dado que el menor publicaba fotos suyas en su perfil, aunque desconocía que fuera menor de 16 años, ya que el denunciante le había manifestado que había cumplido 16 años.
El acusado con ánimo de atentar contra la libertad e indemnidad sexual del menor, así como con un ánimo libidinoso contacto con él y, en fecha no determinada, pero en todo caso entre finales de 2022 y principios de 2023, el menor le realizó acto íntimo al acusado por la zona del Recinto a cambio de una cantidad de dinero no determinada.
Posteriormente, el acusado mantuvo conversaciones por Instagram con el menor en las que le solicitaba fotografías del menor desnudo, exhibiendo sus partes íntimas, logrando que le enviara esas imágenes.
Durante diferentes fechas, el ahora condenado le estuvo ingresando dinero al menor, en cantidades pequeñas, haciéndole transferencias a través de Bizum a la cuenta asociada tanto al padre del menor como a la expareja de su progenitor.
El acuerdo previo entre las partes evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para finales del mes de abril.
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