Categorías: Tribunales y justicia

Condenado por estrellar el coche contra un camión de Urbaser

No respetó el alto y se dio a la fuga. Evita ingresar en prisión al quedar suspendida la pena. Reconoció los hechos La Sala de lo Penal número Uno de Ceuta acogió ayer un juicio en el que se trataba de dirimir si un vecino de nuestra ciudad había incurrido en un delito de desobediencia grave. Finalmente, el hombre, cuya identidad responde a las iniciales M.B.A., fue condenado, tras mostrar conformidad con la pena que para él solicitaba el Ministerio Fiscal, por la comisión de un delito, pero no el mencionado, sino otro de conducción temeraria.
De tal modo, el hombre fue condenado a cuatro meses de prisión y a no poder manejar vehículos a motor por un espacio de ocho meses y dos días. Respecto a la pena de cárcel, cabe destacar que M.B.A evita el ingreso al quedar suspendida la misma por un tiempo de dos años, periodo en el que no podrá cometer delito alguno porque, de hacerlo, ingresaría de inmediato. Respecto a los hechos, que se remontan al 8 de mayo del pasado año, es preciso señalar que se desataron toda vez que el condenado no obedeciera el alto ordenado por agentes de la Guardia Civil que se encontraban en ese mismo momento llevando a cabo un control vial en la carretera N–362 de Ceuta.
A continuación, el condenado se dio a la fuga, desatándose una persecución por la carretera Loma Colmenar hasta que en la barriada Príncipe Alfonso estampó el coche en el que viajaba contra un camión de limpieza de la compañía Urbaser. Durante el trayecto, como quedó ayer corroborado en el plenario, puso en peligro la integridad física de transeúntes y otros conductores.
Todo ello es constitutivo del citado delito de conducción temeraria, con el que se conformó el hombre, si bien en un principio se sentaba en el banquillo de la Sala de lo Penal número Uno acusado de cometer un delito de desobediencia grave a la autoridad. El motivo de la rebaja se debe a que la magistrada juez estimó el hecho de que el hombre colaboró con la Justicia, lo que le valió para que se incluyera en la condena un atenuante de reconocimiento de los hechos, circunstancia a la que también se adhirió el Ministerio Fiscal en su escrito.

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