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Condenado a multa y prisión por poner en riesgo la vida de viandantes

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó al llamado J.L.M. por un delito contra la seguridad vial, otro de atentado y delito leve de lesiones. El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 3 meses de prisión, así como una multa de 6 meses con una cuota diaria de 6 euros por el delito contra la seguridad vial; por el de atentado otros 3 meses de prisión, y por el delito leve de lesiones 1 mes de multa a razón de 5 euros diarios. El acusado no entrará en prisión por no contar con antecedentes penales computables, y se le suspende la condena por el periodo de 2 años, tiempo en el que no podrá cometer ningún otro delito. Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron en agosto de 2018. Concretamente, el 7 de ese mes sobre las 02:00 horas, el acusado se encontraba conduciendo por la avenida España a sabiendas de que carecía de permiso de conducir por no haberlo obtenido nunca. Seguidamente se saltó un semáforo, por lo que los agentes de la Policía Local perfectamente uniformados procedieron a darle el alto. El acusado lejos de detenerse, siguió conduciendo aumentando la velocidad y dirigiéndose a la avenida de España por la de Juan Pablo II hasta que llegó a la altura del bar Portuario, donde con gran riesgo para el resto de usuarios de la vía, se introdujo en el carril contrario a su marcha para intentar coger la rotonda de la avenida Juan de Borbón Conde Barcelona en sentido contrario. Finalmente terminó estrellándose con los bolardos que delimitan la zona de aparcamientos del concesionario Renault. El acusado fue perseguido por los agentes de la Policía Local y cuando trataron de detenerlo, con ánimo de menoscabar el principio de autoridad, propinó una patada en la pierna a un policía ocasionándole la caída. Fruto de la agresión, el agente de la Policía Local sufrió un esguince en la muñeca izquierda y contusión en la pierna izquierda, lesiones que requirieron de una primera asistencia facultativa y tardaron en curar 18 días de perjuicio particular moderado.

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