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El madrileño que se aprovechó de las bonificaciones y termina condenado

No era residente en Ceuta, pero se aprovechó de las bonificaciones suplantando la identidad de un amigo para viajar, de forma más económica, una vez en barco y otra en helicóptero.

Aquella acción le ha pasado factura. Y lo ha hecho en forma de condena. El magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 le ha condenado como autor de un concurso medial de delito de falsedad documental y dos estafas.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se ha aplicado la atenuante analógica de confesión de los hechos. Por falsedad documental se le impone una pena de 6 meses de prisión -que queda suspendida durante dos años bajo la advertencia de no delinquir y cumplir con el pago de la responsabilidad civil- y otra de multa de 6 meses con cuota de 10 euros diarios.

Por los dos delitos de estafa se le impone una pena de un mes de multa a razón de 10 euros diarios por cada uno, así como indemnizar al Estado con 35,17 euros y 140,83 euros.

Se considera probado que B.P.P., residente en Madrid, realizó un viaje el 8 de julio de 2023 en el ferry de Trasmediterránea de Algeciras a Ceuta, obteniendo una bonificación como si fuera residente.

La mendacidad de su actuación

“Lo logró presentando un certificado de residencia a nombre de otra persona que previamente había manipulado para disponer mendazmente su identidad en él, simulando así su residencia en Ceuta para obtener un beneficio patrimonial ilícito y con conocimiento de la mendacidad de su residencia”, expone su señoría en la resolución judicial.

“Posteriormente le guio el mismo ánimo cuando el 10 de julio de 2023 viajó en un helicóptero de la compañía Hélity de Ceuta a Málaga con la misma bonificación, para lo que aportó un certificado de residencia de esa misma persona que previamente había manipulado para que sus datos identificativos coincidieran con los propios, con lo que logró fingir que residía en Ceuta para obtener el descuento en los billetes de viaje de los residentes”, añade.

Con esa simulación logró causar al Estado un perjuicio de 35,17 euros y 140,83.

El condenado reconoció en su interrogatorio que había falsificado el certificado de residencia y había obtenido así los descuentos correspondientes. Se considera por tanto que “hay prueba de cargo suficiente” para, más allá de toda duda razonable, “declarar enervado el derecho fundamental a la presunción de inocencia”.

Se aplica una atenuante de reconocimiento de los hechos, es decir, de confesión, pero no de reparación del daño, por cuanto el acusado reconoció cabalmente la realidad de los hechos de la acusación dirigida contra él, si bien la consignación con su comunicación inmediata al Ministerio de Fomento “no tuvo más objeto que obtener unos beneficios penales y no una reparación efectiva de un daño causado”, explica el magistrado.

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