La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a R.S. a seis meses de prisión y 4.500 euros de multa por un delito de falsedad y otro de resistencia. Junto a estos, también se le juzgaba por un tercero contra los derechos de los ciudadanos, del que ha sido absuelta al no haberse considerado probada su participación en estos sucesos.
Los hechos por los que ha sido condenada se remontan al pasado 12 de octubre, cuando R.S. pretendió embarcar en uno de los ferrys de Ceuta hacia Algeciras acompañada de una menor, a quien llevaba cogida del brazo, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso El Faro de Ceuta.
R.S. fue requerida por los agentes de la Policía Nacional que se encontraban prestando servicios para que exhibiese la documentación de ambas. La acusada presentó su pasaporte y para identificar a la menor aportó, a sabiendas de que no le correspondía, el DNI de su hija. Los agentes se percataron que el DNI a nombre de la menor no le correspondía y procedieron a la detención de la acusada.
En el momento en que se disponían a trasladarla a la Jefatura de Policía, la acusada, con el ánimo de atentar contra el principio de autoridad, se tiró al suelo y gritó a los agentes que eran “unos hijos de puta, cabrones” y otras expresiones similares.
La acusada se opuso rotundamente a que le pusieran las esposas y a ser introducida en el vehículo policial y, durante el trayecto, propinó patadas contra el vehículo policial. Una vez en la Jefatura se negó a bajarse del coche, continuando con su actitud violenta e intentó morder a uno de los agentes.
La sentencia se basa en las testificales de los agentes que la magistrada considera “coherentes, persistentes y complementarias entre sí” y que contrastan con los testimonios de la acusada, quien se limitó a negar los hechos, reproduciendo de forma reiterada su versión de que desconocía a la menor y que quien realmente viajaba con ella era su propia hija, aunque no ofreció ninguna explicación respecto de los hechos imputados.
En cuanto al delito contra los derechos de los ciudadanos, la sentencia recoge que no ha quedado probado que la menor carecía de la documentación necesaria para entrar en la península ni que la acusada pretendiese ayudarla a entrar en territorio nacional burlando el control policial de identificación. Por todo ello, ha sido absuelta de estos hechos.
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