El Juzgado de lo Penal número 1 ha condenado a H.F.M. a un año y nueve meses de prisión por un delito de robo con violencia cometido en contra de un menor. Tanto la jueza como el Ministerio Fiscal señalaron como agravante la reincidencia, ya que en 2014 fue condenado por un delito similar.
Los hechos por los que ahora era juzgado se cometieron el 14 de marzo de 2016, cuando el acusado , en compañía de otros dos sujetos que no comparecieron, abordaron sorpresivamente por la espalda a un menor, sobre la avenida de África, despojándole de su mochila en la cual guardaba su teléfono móvil. Tal y como recoge el escrito de acusación, le agarraron fuertemente por el cuello para quitarle sus pertenencias.
Aunque en un principio el Ministerio Fiscal solicitó una pena de 3 años de prisión, tras reconocer los hechos, se procedió a modificar la pena a un año y 9 meses, teniendo que ingresar voluntariamente en el centro penitenciario en un periodo de 15 días. No tendrá que abonar ninguna cantidad en concepto de responsabilidad civil, ya que la víctima renunció a este derecho por la cantidad de 350 euros.
La jueza le explicó al ya condenado que de no ingresar de manera voluntaria en 15 días se dictará una orden de busca y captura. Por el contrario, si cumple con lo dictado, podrá gozar de los beneficios penitenciarios para estos casos.
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