Un hombre fue condenado ayer a tres meses de prisión y a abonar una indemnización que se cuantificará durante el proceso de redacción de la sentencia por un delito de abandono familiar.
El acusado llevaba desde el año 2006 sin abonar la pensión alimentaria de un hijo que tiene en común con una mujer.
Sin embargo, al tratarse de una pena de cárcel inferior en el tiempo a dos años, el acusado no tendrá que cumplir la condena. Sin embargo, en el caso de que cometa un delito en el plazo de los próximos dos años y sea condenado por ello, deberá ingresar en prisión. En este supuesto, deberá cumplir ambas condenas juntas, debido a que se sumarían.
La condena fue rebajada a tres meses debido a que el acusado se conformó con los hechos de que se le acusaban y la pena a la que se enfrentaba. Eso hizo posible que la condena se haga efectiva desde ya, y sólo quede calcular la indemnización que deberá abonar.
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