El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a las llamadas I.T. y H.Z. por un delito leve de hurto. Las acusadas reconocieron los hechos, con ayuda de la intérprete, y aceptaron, cada una de ellas, la pena de 30 días de multa a razón de 5 euros diarios. Las dos acusadas deberán hacer frente a esa multa, de no hacerlo tendrán que cumplir cada una de ellas 15 días de prisión. Además, las dos denunciadas deberán hacer frente a una multa de 170 euros de forma solidaria como pago a la víctima como responsabilidad civil.
Los hechos a los que se hizo referencia en la conformidad ocurrieron en septiembre de este mismo año. Las dos acusadas, en común acuerdo y para obtener un beneficio de su patrimonio de manera ilícita, accedieron al domicilio de la víctima donde se encontraba ésta con sus dos hijas menores de edad. Aunque no consta cómo consiguieron acceder a la vivienda, las dos acusadas pudieron introducirse en ella y subir hasta la planta de arriba para robar un móvil de la marca Samsung. Una vez consiguieron apoderarse del teléfono, decidieron abandonar el domicilio a la carrera con intención de huir del lugar.
El acuerdo evitó la vista oral
Este hecho le provocó un desasosiego a las víctimas, y lo que les motivó tener que interponer una denuncia ante la Jefatura Superior de la Policía Nacional que fue la que terminó esclareciendo los hechos semanas después. El acuerdo previo que se produjo entre el Ministerio Fiscal y la Defensa evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este lunes, por lo que finalmente no se desarrolló. Además, ese acuerdo alcanzado, les sirvió a las acusadas para una reducción de la pena, ya que en un principio estaban acusadas de un robo con intimidación.