La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha dictado una sentencia condenatoria contra una auxiliar de clínica dental por haber cometido un delito de intrusismo profesional.
La trabajadora fue acusada de llevarse material clínico a su domicilio con la intención de realizar una medición bucal a su tío, acción que excedía por completo sus funciones y competencias.
Según se recoge en la sentencia, la acusada reconoció los hechos ante la autoridad judicial, aceptando una pena de seis meses de multa, con una cuota diaria de cinco euros por un delito de intrusismo profesional.
Asimismo, deberá abonar un total de 1.047 euros en concepto de responsabilidad civil a la clínica en la que prestaba sus servicios.
Los hechos ocurrieron en septiembre de 2023, cuando la acusada trabajaba como auxiliar en la clínica Dental Fossati S.L., sin contar con titulación oficial en odontología. Sin conocimiento ni autorización del responsable de la clínica —licenciado en odontología—, procedió a extraer material e instrumental del centro médico para llevárselo a un domicilio particular.
El objetivo de esta acción era realizar la medición bucal de su tío con vistas a la futura colocación de una prótesis dental.
La actividad fue realizada sin supervisión, y con equipamiento clínico propiedad de la empresa, lo que constituye una clara infracción legal.
Posteriormente, la acusada tomó la iniciativa de contactar con los laboratorios Justcon Dental Lab y UNISTAR, a quienes ordenó la elaboración de prótesis dentales para su familiar. Para ello, facilitó las medidas obtenidas y gestionó directamente la producción de los aparatos, sin ningún tipo de intervención profesional autorizada.
Además, realizó las pruebas necesarias con rodetes de mordida y otros elementos técnicos remitidos por los laboratorios, con el fin de garantizar el ajuste adecuado de las prótesis dentales solicitadas. Todo ello fue ejecutado sin que la acusada tuviera la formación académica requerida por la legislación vigente en el ámbito sanitario.
El caso se agravó cuando las prótesis dentales encargadas llegaron a la clínica Dental Fossati S.L. después de que la acusada ya hubiera cesado su relación laboral. Como resultado, fue la clínica quien tuvo que asumir los gastos de fabricación, dado que los productos habían sido remitidos directamente a su nombre.
Las prótesis no fueron abonadas por la acusada ni retiradas, lo que generó un perjuicio económico directo para el centro odontológico. La cantidad total que se vio obligada a asumir la clínica fue de 1.047 euros, motivo por el cual también se impuso a la acusada la obligación de resarcir a su empleador.
La sentencia resalta que todas las actuaciones realizadas por la auxiliar fueron llevadas a cabo sin estar habilitada legalmente para ello. La ley exige una formación específica y una titulación oficial en odontología para realizar procedimientos clínicos como los que la acusada ejecutó por cuenta propia.
El caso pone en evidencia la necesidad de reforzar el control en las clínicas dentales para evitar casos de intrusismo profesional, que no solo generan daños económicos, sino que además ponen en riesgo la salud de los pacientes.
El tribunal ha considerado probado que la acusada actuó de forma voluntaria y consciente, asumiendo competencias que no le correspondían.
La condena es firme ya que la acusada reconoció los hechos y por tanto aceptó la condena impuesta sin que quepa, por tanto, posibilidad de recurso al haberse alcanzado un acuerdo entre las partes representadas en este procedimiento.
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