El juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a un acusado de un robo con violencia en grado de tentativa a una pena de 1 año y 9 meses de prisión. A esto se le sumaron otros 6 meses por un delito de atentado y una multa por otro de lesiones leves. El acusado, llamado J.G.L., aceptó la pena fijada por conformidad entre las partes, quedando suspendida durante un periodo de dos años. Si en ese tiempo vuelve a cometer algún delito deberá cumplir la pena suspendida y la derivada de la nueva acción delictiva.
Los hechos a los que ha hecho referencia esta sentencia se remontan al 6 de octubre de este año y tuvieron lugar en la calle Independencia. El condenado intentó robar en un comercio chino sin éxito, ya que sus responsables lo retuvieron hasta la llegada de la Policía. Cuando se iba a proceder a su detención, este arremetió contra los agentes, causando lesiones leves a uno de ellos. Por ello además del robo en grado de tentativa, fue también acusado y condenado por atentado. En concepto de responsabilidad civil deberá abonar 65 euros por los daños materiales que causó al ser interceptado por los agentes que atendieron la llamada de auxilio del comerciante.
La figura jurídica de la conformidad sirvió para alcanzar un acuerdo entre las partes sin que tuviera que celebrarse el juicio. Dado que el acusado carece de antecedentes se le suspendió la pena, un beneficio sometido no solo al pago de la responsabilidad civil sino a la advertencia de no poder delinquir en dos años. Desde que se produjeron los hechos el acusado estaba en prisión preventiva, pero tras aceptar la pena se ordenó su puesta en libertad.
Dos juicios suspendidos por la misma causa
Esta semana el Juzgado de lo Penal número 2 debía haber celebrado dos juicios por robo en los que están acusados argelinos residentes en el CETI. En ambos casos se tuvieron que suspender las dos vistas dado que los acusados no se presentaron ni tampoco se les ha localizado en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes, ubicado en el Jaral. Al ser la pena superior a dos años no cabe la posibilidad de una celebración en ausencia del acusado.
Esta situación de temporalidad dentro del propio centro y de falta de control sobre los residentes lleva a este tipo de situaciones, en las que no se puede aplicar justicia por la falta de los propios acusados en los procedimientos que, en algunos casos, terminan quedando sin efecto con el paso de los años.